Dictaron la prisión preventiva para acusados de asaltar un kiosco del Barrio Malvinas Argentinas

Fiscal Albertuna Chichi y Defensores, Felipuzzi y Sotelo

La Justicia trató este jueves la situación procesal de los dos sujetos acusados de perpetrar un asalto a mano armada en el kiosco de calles 7 del Norte y 11 del Oeste, del Barrio Malvinas Argentinas de Concepción del Uruguay.

Fue en el Salón de Audiencias de la OGA, con la presencia del juez de Garantías, Dr. Gustavo Ariel Díaz, ante quien se presentó la Agente Fiscal N° 4, Dra. María Albertina Chichi- en el marco del Legajo N° 2231/22 designado «Albeyra, Leonel; Pedroza, Víctor S/robo agravado por el uso de arma de fuego robo agravado por el uso de arma», a fin de solicitar la prisión preventiva de los coimputados Micael Albeyra y Victor Pedroza, representados por los Defensores Particulares Dr. Pablo Exequiel Sotelo y Dr. Alejandro René Felipuzzi, respectivamente.

Concedida la palabra la fiscal dio lectura a los hechos atribuidos, calificaciones legales prima facie asignadas, señalando que siendo alrededor de las 6 horas del 17 de abril de 2022, Micael Albeyra y Nahuel Pedroza acudieron al kiosco de calles 7 del Norte y 11 del Oeste, y al ser atendidos por un menor de edad, luego de pedirle que les vendiera una botella de bebida, el mencionado Albeyra le apuntó con un arma de fuego tipo pistola al tiempo que le refería “dame la plata porque te pego un tiro” y otras amenazas, empujando al chico e ingresando al negocio, desapoderándolo de una suma de dinero en efectivo, y varias botellas de bebidas, un celular y un reloj pulsera, colocando los elementos en dos mochilas y huyendo del lugar.

Tal conducta, encuadra “prima facie” en el delito de “Robo calificado por el uso de arma de fuego” atribuible a Micael Albeyra en calidad de autor y a Víctor Pedroza en calidad de partícipe.

La fiscal solicitó la prisión preventiva de ambos coimputados por el plazo de noventa días, para concluir con la investigación.

A su turno, el doctor Felipuzzi -Defensa de Pedroza-, se opuso y pidió la inmediata libertad de su asistido, negando la participación de este en el hecho, asegurando que no hay evidencia suficiente para sostener de ninguna manera que haya estado ahí, más allá de alguna persona que lo menciona, y pide que se designe cuidadora a la madre

Por su parte, el Defensor Sotelo, no se opuso a la medida, sino a la modalidad, y por ello solicitó que sea bajo la modalidad de arresto domiciliario, ofreciendo como cuidadora a la progenitora, negando ciertas circunstancias del hecho, pidiendo cambio de calificación por no probarse que se usara ningún arma

Oídas las partes, el juez de Garantías dispuso la prisión preventiva del coimputado Micael Albeyra, por el término de sesenta días, así como la del coimputado Víctor Pedroza, en orden al delito de “Robo calificado por el uso de arma de fuego”, pero en el caso de Pedroza será bajo arresto domiciliario bajo el cuidado y vigilancia de su progenitora.

Tras la audiencia, el doctor Pablo Sotelo, señaló a 03442 que apelaría la medida, exigiendo no se mantenga detenido a su cliente por el solo hecho de tener antecedentes y que se adopte el mismo criterio para ambos, ya que a ambos, en caso de ser hallados culpables, le cabría la misma pena.