Se trata de Rubén Alberto «Petro» Cabra (43), hallado culpable de secuestrar y explotar sexualmente a una adolescente. El Tribunal Oral Federal local no ordenó su detención inmediata tras el veredicto. Cuando Gendarmería fue a buscarlo a Chaco, el prófugo ya había vaciado su casa y escapado. Dictaron su captura internacional.
Una grave falla en la logística de las medidas de coerción judicial permitió que un hombre condenado a la pena de 10 años de prisión efectiva por el delito de trata de personas se diera a la fuga. El imputado participó de la audiencia donde se leyó el veredicto de forma virtual a través de la plataforma Zoom y, tras escuchar la severa condena, apagó la pantalla, armó las valijas y desapareció sin dejar rastros.
El prófugo fue identificado como Rubén Alberto Cabra, de 43 años, alias «Petro». Había sido juzgado por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Concepción del Uruguay, el cual dictó el fallo condenatorio el pasado 16 de junio, pero omitió ordenar la inmediata detención preventiva del acusado, otorgándole una ventaja de cuatro días que resultaría letal para las fuerzas de seguridad.
Cuatro días de ventaja y una casa vacía
Tras la lectura del veredicto dictado por la jueza Dra. Mariela Emilce Rojas, el tribunal le fijó a Cabra normas de conducta ambulatorias. El pasado 20 de junio, cuatro días después de la condena, una comitiva de la Gendarmería Nacional Argentina se presentó en el domicilio que el imputado había declarado en la localidad de Villa Ángela, provincia de Chaco, con el objetivo de hacerle firmar el acta de compromiso legal.
Al llegar, los efectivos se encontraron con una maniobra de encubrimiento y evasión ya consumada:
- Primer domicilio (Madre): La progenitora de Cabra atendió a los gendarmes y afirmó con total soltura que «no sabía nada de su hijo desde hacía un mes».
- Segundo domicilio (Pareja): En una vivienda ubicada sobre la avenida Kennedy, la concubina del condenado repitió exactamente el mismo relato falsificado.
- Tercer domicilio (Calle Berna): Los uniformados descubrieron que la propiedad estaba ocupada por la cuñada de Cabra desde hacía cuatro días exactos (coincidiendo con el día del fallo). La mujer admitió que «Petro» se había mudado de urgencia, llevándose de forma sigilosa la totalidad de sus pertenencias y muebles.
Ante la flagrante burla al sistema judicial, este miércoles, el juez de Cámara, Dr. Sebastián Gallino, firmó la Resolución N.º 29/2026, declarando formalmente a Rubén Alberto Cabra en estado de rebeldía y emitiendo de urgencia una orden de captura nacional e internacional con alerta roja a Interpol.
El caso: un calvario que comenzó en 2006
La investigación penal preparatoria ventilada en el juicio oral acreditó que el calvario de la víctima —hoy mayor de edad— comenzó en el año 2006, cuando siendo una adolescente de 17 años fue captada en Chaco bajo falsas promesas de un empleo digno en Entre Ríos.
Al llegar a Concepción del Uruguay, la menor fue encerrada y privada de su libertad en el cabaret denominado «Snack Bar», un prostíbulo que era regenteado por el tío de Cabra. Allí fue obligada a prostituirse mediante golpizas sistemáticas, torturas psicológicas y amenazas de muerte. En una oportunidad, la joven logró escapar y regresar a Chaco, pero Cabra viajó personalmente junto a dos sicarios, la secuestró nuevamente en la vía pública, la trasladó de regreso a Concepción del Uruguay y continuó explotándola cada noche.
Recién en el año 2019, la víctima pudo romper el silencio y realizar la denuncia formal mediante la Línea Nacional 145 contra el delito de trata. La causa fue canalizada por la procuraduría especializada PROTEX y delegada en la Fiscalía Federal de Concepción del Uruguay, a cargo del fiscal Josefina Minatta (quien en juicio pidió 15 años de prisión y la detención), quien logró rescatar e identificar formalmente a la víctima en el año 2021. Debido a que el dueño del prostíbulo falleció durante la etapa de instrucción, «Petro» Cabra llegó al debate como el único acusado vivo de la estructura criminal.
Reparación en suspenso y peligro latente
Además de la pena de 10 años de cárcel, el TOF uruguayense había impuesto a Cabra una histórica reparación económica de 65.292.000 pesos a favor de la víctima, junto con el decomiso definitivo del local comercial y el embargo de una motocicleta marca Honda.
Sin embargo, debido a la fuga del criminal, la ejecución de la condena de prisión y el millonario cobro indemnizatorio quedaron legalmente suspendidos hasta que el prófugo sea capturado por las fuerzas federales. La situación genera extrema preocupación en los organismos de derechos humanos, ya que la víctima reside actualmente en la misma localidad chaqueña donde el clan familiar de Cabra mantiene sus bases operativas y de ocultamiento.




