El aberrante hecho ocurrió en diciembre de 2025. Los vecinos denunciaron al acusado tras escuchar los lamentos del animal en su propiedad. La Justicia de Concepción del Uruguay recibió el acuerdo de juicio abreviado contra Jorge Omar Honecker, quien además deberá realizar tratamiento psicológico por 4 años y tendrá la prohibición absoluta de tener animales. La homologación será leida la semana próxima.
Un aberrante caso de maltrato animal que generó un profundo repudio y la movilización de ONGs de la provincia llegó a las instancias finales del proceso judicial en los Tribunales de Concepción del Uruguay. Se presentó formalmente un acuerdo de juicio abreviado para el hombre acusado de colgar y asesinar a su propio perro en el galpón de su casa, un hecho ocurrido en la localidad de Santa Anita, departamento Uruguay.
El imputado fue identificado como Jorge Omar Honecker, de 57 años de edad. La audiencia de juicio abreviado fue presidida por el vocal de la Cámara de Casación Penal local, el Dr. Rubén Chaia.
El horror descubierto por los vecinos
El dramático episodio se desencadenó en diciembre de 2025, cuando vecinos del imputado se comunicaron de urgencia con la comisaría local tras verse conmocionados por los desesperados lamentos y quejidos de un perro que provenían del interior de la propiedad de Honecker.
Al arribar el personal policial al domicilio, los uniformados se encontraron con una escena de extrema crueldad: el animal se encontraba ya sin vida, suspendido en el aire colgando de una soga sujeta a su cuello. Según se detalló en el legajo judicial, el acusado había pasado la soga por una estructura con roldana y la había amarrado firmemente al paragolpes de una camioneta marca Ford.
Los profesionales veterinarios que intervinieron en la causa ratificaron pericialmente que la causa del deceso del can fue asfixia por ahorcamiento, configurando una violación flagrante a la Ley Nacional N.º 14.346 de Protección Animal, normativa que sanciona los actos de crueldad pero que actualmente contempla un tope máximo de apenas un año de prisión (situación que genera constantes reclamos de actualización por parte de la sociedad, hacia los legisladores).

El acuerdo: prisión condicional y restricciones estrictas
Durante el debate en la sala de audiencias, el imputado estuvo representado por la defensora técnica Dra. Gimena Penz. El Ministerio Público Fiscal estuvo integrado por el Dr. Juan Pablo Gile, mientras que la querella particular fue ejercida por la Dra. Cecilia Inés Domínguez. Cabe destacar que el recinto contó con la presencia institucional del presidente de la Agrupación Conciencia Animal de Concordia, Horacio Froy, quien viene siguiendo de cerca el expediente.
Tras reconocer su autoría y culpabilidad en el hecho, las partes presentaron ante el juez el acuerdo que estipula una pena de 8 meses de prisión de ejecución condicional. Asimismo, se le fijaron severas reglas de conducta obligatorias para mantener la libertad:
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Prohibición absoluta: No podrá volver a tener, adoptar ni registrar ningún tipo de animal a su cargo.
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Asistencia profesional: Deberá someterse de forma obligatoria a un tratamiento psicológico por el término de 4 años.
El tribunal resolvió dar por concluido el debate y fijó la audiencia para la lectura íntegra de la sentencia definitiva para el próximo lunes 29 de junio en horas del mediodía.
Satisfacción de Horacio Froy
Finalizada la audiencia, 03442 realizó una breve entrevista al presidente de la Agrupación Conciencia Animal, con domicilio legal en Concordia que trabaja casi en toda la provincia de Entre Ríos, quien se mostró satisfecho por la condena, que consideró debe ser ejemplificadora, más allá de que la Ley vigente, necesariamente demanda modificatorias y mayor severidad.
“Ya tenemos antecedentes de condenas por hechos de crueldad animal en los que hemos intervenido con diferentes letrados patrocinándonos. Este es un hecho espeluznante y que demandan mucho trabajo para evitarlos. Entendemos que de acuerdo a lo que la Ley actual habilita para castigar, estamos realmente ante un fallo que sirve para ser ejemplo, ya que 8 meses, dentro de un máximo de un año, es un número importante”, dijo Froy.
Respecto a la antigüedad de la Ley 14.346, el presidente de la ONG fue claro señalando que “La situación amerita que la Ley vaya adecuándose a los tiempos actuales y se proceda a regular una mayor cantidad de años a quienes cometan este tipo de delitos a víctimas que no pueden defenderse por si mismas y lograrse así una prisión efectiva como se aspira. Estamos relegados y no avanza como quisiéramos en el ámbito legislativo”.




