- El organismo flexibiliza el sistema de «scoring» para calificar la conducta fiscal en el SISA.
- Además, actualiza los períodos de información productiva para reflejar ciclos agrícolas más amplios por avances tecnológicos y cambio climáticos, mientras que también ajusta los criterios para detectar incumplimientos formales y de conducta fiscal
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones al “Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA)”, con el objetivo de flexibilizar criterios de calificación fiscal y adecuar los períodos de información productiva a los nuevos ciclos agrícolas nacionales. Lo hizo a través de la Resolución General 5771/2025 publicada en el Boletín Oficial.
A partir de ahora, se flexibilizan los parámetros objetivos utilizados para asignar los distintos “estados” (1, 2 o 3), otorgando mayor previsibilidad y permitiendo que más productores puedan acceder a una calificación favorable. Además, de la calificación “A” se incorpora la calificación “B” en SIPER, para alcanzar el Estado 1 (bajo riesgo).
En cuanto a la adecuación de la “Información Productiva”, se modifican las fechas y contenidos de la declaración IP1, que a partir de la próxima campaña agrícola deberá presentarse del 1° de septiembre al 31 de octubre de cada año, incluyendo las existencias al 31 de agosto y las superficies agrícolas correspondientes a los cultivos de invierno. Se trata de un cambio que busca acompañar la extensión de los ciclos productivos generada por innovaciones tecnológicas y condiciones climáticas variables.
Por último, se actualizan los parámetros de incumplimiento, precisando las situaciones que implican una incorrecta conducta fiscal, incorporando condenas firmes por delitos tributarios, aduaneros o conexos, tanto para personas físicas como jurídicas.
Además, la norma redefine el tratamiento de inconsistencias reportadas por el Banco Central en materia de ingreso y liquidación de divisas, estableciendo un umbral mínimo actualizado de 10% del valor FOB de exportaciones o USD 10.000, el que resulte mayor.
¿Cómo era antes?
Cabe recordar que hasta el momento, uno de los requisitos a cumplir para que un productor u operador sea categorizado en Scoring 1 en SISA era contar con SIPER A. Asimismo, para evitar la baja de scoring originada por las inconsistencias o incumplimientos informados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) en cuanto a la obligación de ingresar y liquidar divisas, se debía cumplir con la totalidad de los permisos informados por el BCRA.
De igual forma, los períodos de presentación de la Información Productiva (IP1) estaban definidos en función de un esquema de campañas tradicional, que no contemplaba las ampliaciones recientes en los plazos de siembra y cosecha.
De esta manera, el organismo busca simplificar el régimen, mejorar la trazabilidad de la información y acompañar la realidad productiva del sector agrícola, promoviendo un cumplimiento más ágil y proporcional a la conducta fiscal de los contribuyentes
