Iguazú: Aduana impidió que un hombre ingresara con casi 300 pares de zapatillas sin declarar

El descubrimiento se produjo durante la inspección de un automóvil en el Puente Internacional Tancredo Neves, en la frontera con Brasil. La mercadería imitaba con sumo detalle los diseños de reconocidas marcas. La cantidad de productos permite presumir que estaban siendo ingresados con fines comerciales. Así, fueron incautados en su totalidad por transgresión al Régimen de Equipaje.

Agentes especializados de la Dirección General de Aduanas-AFIP desarticularon un intento de contrabando en el Puente Internacional Tancredo Neves, en la frontera con Brasil. Un ciudadano con residencia en Puerto Iguazú, Misiones, intentó ingresar a la Argentina con casi 300 pares de zapatillas no declaradas, las cuales se cree que serían objeto de fraude marcario.

El procedimiento comenzó cuando, en el Paso Fronterizo Internacional Iguazú-Foz do Iguaçu, un vehículo con matrícula de nuestro país se presentó en la cabecera argentina para ingresar al territorio nacional. Era una franja horaria crítica, con intensa actividad, por la gran cantidad de turistas regresando de visitar las cataratas en el país vecino.

El conductor del rodado, al ser recibido por los agentes de la Aduana, inmediatamente declaró, en forma espontánea: “No traigo nada, fui a dejar parientes del lado brasilero”.

El personal de la Aduana resolvió inspeccionar el vehículo de todos modos y al abrir el baúl y las puertas traseras, advirtieron, ocultas bajo mantas de color oscuro, una exorbitante cantidad de cajas.

Seguidamente, descargaron la mercadería y constataron que se trataba de 299 pares de calzado deportivo, que imitaban con suma atención al detalle los diseños de reconocidas marcas. Asimismo, la cantidad de mercadería permite presumir que estaba siendo importada con fines comerciales, lo cual prohíbe su ingreso por la vía del Régimen de Equipaje.

Así, la totalidad de los productos fueron secuestrados en los términos del artículo 977 del Código Aduanero y durante el transcurso de la causa se evaluará si corresponde encuadrar la maniobra como transgresión a la Ley de Marcas.