Condenaron a un hombre acusado de violencia de género

Fiscal E. Santo y defensor N. Nuñez.

Un individuo que estaba acusado de una causa de violencia de género, fue condenado este miércoles por la mañana en juicio abreviado a una pena de prisión condicional, en audiencia realizada en la OGA, presidida por el juez de Garantías N°2, doctor Gustavo Díaz.

Se trata de AMQ de 32 años de edad, quien fuera representado legalmente por el defensor particular, doctor Nahuel Núñez, en causa que llevara adelante el fiscal Auxiliar N° 4 de la Jurisdicción, Dr. Eduardo Santo.

Ambas partes se presentaron ante el magistrado, luego del acuerdo arribado, que cuenta con la anuencia del imputado y la notificación del acuerdo a la víctima de autos.

Como primer hecho se le atribuyó que el 27 de junio de 2021 se produjo una discusión con su ex pareja, momento en el cual, AMQ le propinó a la misma golpes en todo el cuerpo, tirándola al piso, azotándola contra las paredes, provocándole lesiones leves.

Como segundo hecho, el día 16 de agosto de 2021, el imputado se hizo presente en el domicilio de su ex pareja y a los gritos le exigió que le guarde ropa y herramientas en un bolso, a la vez que la agarró de la cabeza y la azotó contra la pared, provocándole nuevamente lesiones leves.

De esta manera AMQ desobedeció la orden impartida por el Juez de Familia y Penal de Niños y Adolescentes No 1, que ordenaba la exclusión del hogar conyugal, por el plazo de 120 días, prohibiéndole acercarse a dicho domicilio en un radio de 200 metros.

De esta manera se realizó la IPP, que llega a su fin al lograrse un acuerdo de juicio abreviado, presentado ante el juez para su homologación y con conocimiento de la víctima.

Escuchadas las partes y analizado que se cumplan con todos los requisitos, el magistrado dispuso hacer lugar y condenar a AMQ a la pena de 1 año y seis meses de cumplimiento condicional, por ser autor penalmente responsable de los delitos de “Lesiones leves dolosas calificadas en función de la relación de pareja y mediando violencia de género” -dos hechos- y “Desobediencia judicial” en concurso y la aplicación de regla de conducta por el plazo de dos años.