EDICTO- «COOPERATIVA AGRICOLA LUCIENVILLE LIMITADA C/ SCHNEIDER RODRIGO MARTIN S/ EJECUTIVO», Nro. 9171E

EDICTO- El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 3 de la ciudad de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr. Máximo Agustín Mir, Secretaría de Concursos y Quiebras, a cargo de la suscripta, en el expediente «COOPERATIVA AGRICOLA LUCIENVILLE LIMITADA C/ SCHNEIDER RODRIGO MARTIN S/ EJECUTIVO», Nro. 9171E, hace saber la siguiente resolución: «Concepción del Uruguay, 12 de agosto de 2026 VISTO Y CONSIDERANDO: (…) RESUELVO: 1. Decretar el remate del inmueble inscripto bajo matrícula nro. 153.910 plano mensura nro. 97504, en el Registro de la Propiedad Inmueble de Gualeguaychú, que se denuncia como de titularidad del demandado, Rodrigo Martín Schneider, DNI 36.273.625. Dicho acto se realizará a través del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas del Poder Judicial de Entre Ríos -en adelante, el Portal- con intervención del Martillero designado en autos, Javier Fernando Monti, matrícula nro. 1156. El acto de subasta tendrá una duración de cinco días hábiles. Se iniciará el 18 de septiembre de 2026, a las 10:00 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal, finalizando el 25 de septiembre 2026, a las 10:00 hs. Para participar de la subasta, los interesados-personas físicas o jurídicas- deberán estar previamente registrados como usuarios en el Portal https://subasta.jusentrerios.gov.ar -art. 6, Rsje 2. Condiciones de venta: a) Base: el remate se desarrollará con una base de $10.000.000 y por tramos con montos incrementales de puja, de la siguiente manera:- Primer tramo: desde la base y hasta los $13.000.000, las pujas deberán superar la anterior en $1.000.000 .- Segundo tramo: a partir de $13.000.000, las pujas deberán superar la anterior en $400.000. b) Comunicación de la oferta ganadora: quien resulte mejor postor de la subasta, será notificado en su panel de usuario del Portal y en la dirección de correo electrónico denunciada al momento de su inscripción como Usuario del sistema. El tribunal agregará al expediente la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate. c) Pago del precio: El ganador deberá efectivizar el pago de la seña correspondiente al diez por ciento (10%) delJuzgado Civil y Comercial Nº 3 de Concursos, Quiebras y Procesos de Ejecución Secr. CyQ: jdocyc3-cyq@jusentrerios.gov.ar – Secr. Ejec.: jdocyc3-pe@jusentrerios.gov.ar precio, más la comisión del martillero (4%), y el costo por el uso del sistema (1,5% más IVA) a través de cualquiera de las modalidades de pago autorizadas en el Portal, en el plazo de dos (2) días hábiles de finalizado el remate, bajo apercibimiento de dispuesto en el art. 26 del Reglamento SJE. El saldo del precio de compra, se deberá abonar dentro de los cinco (5) días hábiles de aprobarse el remate mediante transferencia electrónica a la cuenta nro. 5-104855/7 CBU 3860005803000010485571 (art. 24 del Reglamento SJE) o por cualquiera de los medios habilitados por el Portal, bajo el apercibimiento establecido en el art. 25 Reglamento SJE. d) Postor remiso; llamado al 2do o 3er postor: en caso de declararse postor remiso al primer postor (por no verificarse el pago alguno de los importes correspondientes en los plazos indicados en el apartado anterior, se dará aviso desde el portal y el mail denunciado en la inscripción como postor a quienes hubieren ofrecido la segunda o tercera mejor oferta para que, de mantener interés en la compra, se cumplimente con las obligaciones para resultar adquirente del bien subastado (art. 25, Rsje). En caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. e) Entrega del bien: con el pago del precio y cumplidos los requisitos, se procederá a la entrega del bien. f) Compensación del precio para el acreedor: la eximición de todo o parte del precio obtenido en subasta a favor del acreedor, sólo se admitirá en caso de autorización judicial previa -art. 15, Rsje-. g) Obligaciones del comprador desde la toma de posesión: El adquirente estará obligado al pago de las contribuciones, impuestos y tasas fiscales, desde el día de la toma de posesión de los mismos o desde que se hallare en condiciones de tomarla, art. 149 del Código Fiscal. h) Impuestos y gastos de transferencia: Dentro de los quince (15) días de notificada la aprobación del remate -art. 240 Código Fiscal-, y para habilitar la transferencia del bien adquirido, el comprador deberá acreditar el pago del sellado previsto por el art. 205 del Código Fiscal y el art. 13. inc. 5 a) de la Ley Impositiva, debiendo soportar todos los gastos relativos a la inscripción – arts. 1138 y 1141 del Cód. Civil y Comercial-. 3. Publíquense edictos por dos veces en el boletín oficial, plataforma Mi Entre Ríos y en elJuzgado Civil y Comercial Nº 3 de Concursos, Quiebras y Procesos de Ejecución Secr. CyQ: jdocyc3-cyq@jusentrerios.gov.ar – Secr. Ejec.: jdocyc3-pe@jusentrerios.gov.ar medio periodístico que elija la parte ejecutante, de esta ciudad, anunciando la subasta, lo que deberá hacerse con seis días de antelación, haciéndose constar en los mismos, los horarios de visita y la ubicación del rodado; debiendo transcribirse estrictamente la presente resolución, sin hacer referencias de valoración sobre el bien a subastar, asimismo deberá hacerse constar que queda a disposición de las partes interesadas el expediente para el examen del título y deudas que pesan sobre el bien. 4. Hágase saber al martillero que deberá: a) Publicar en el Portal, dentro del plazo de los cinco días contados desde el registro de la subasta, una descripción detallada del bien, al menos seis fotografías y/ o un video que reflejen adecuadamente el estado del mismo. Además, imágenes de los informes de dominio, título y acta de secuestro; sus datos profesionales y de contacto y toda otra información que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos; b) Responder adecuadamente las consultas de los interesados dentro de las veinticuatro horas de realizadas en el Portal, de manera de que tengan mayor conocimiento de las características del bien objeto de la venta. 5. Publíquese el remate en el Portal con el presente decreto de subasta y especificación de la fecha y hora de inicio, y cierre de la subasta -art. 10, Rsje-. 6. Notifíquese a los jueces embargantes, a ATER, Municipalidad de Urdinarrain -Entre Ríos- y a la Oficina de Subastas Judiciales (art.3 del Reglamento). 7. Decrétase medida cautelar genérica de comunicación de subasta. Para su inscripción líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, a los fines de su oponibilidad frente a terceros e informe además sobre nuevos embargos y/o gravámenes que pesen sobre el inmueble a subastar desde la fecha del informe, debiendo acompañarse con el mismo copia certificada por Secretaría de la presente, como previo a la publicación de los Edictos. 8. Todos los recaudos ordenados precedentemente deberán obrar en autos al momento de la subasta, quedando su cumplimiento, a cargo de la parte actora. Regístrese. Notifíquese. Fdo. Máximo Agustín Mir. Juez». Las consultas relacionadas al bien deberán efectuarse al Martillero interviniente teléfono celular 3442478117, o en Henry 1712 de esta ciudad de ConcepciónJuzgado Civil y Comercial Nº 3 de Concursos, Quiebras y Procesos de Ejecución Secr. CyQ: jdocyc3-cyq@jusentrerios.gov.ar – Secr. Ejec.: jdocyc3-pe@jusentrerios.gov.ar del Uruguay, en los horarios de 08:30 a 15:00 hs. Atento a Res. Gen AFIP N 745, Martillero CUIT: 20-16166062-1, Actor CUIT 30-52614541-1, Demandado CUIT 20-36273625-1.

Concepción del Uruguay, 03 de septiembre de 2026.

Fabiana M. Hilgert Secretaria