Lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER). La medida regirá a partir del 1 de febrero de 2024. Se busca evitar la recarga de tareas en los Juzgados Multifueros.
A través de la Resolución 340/2023, fechada ayer, el STJER dispuso detraer la competencia en materia de violencia de género dispuesta por Ley N° 10956 en las modalidades institucional (art. 35); contra la libertad reproductiva y obstétrica (art. 37); mediática (art. 38); en el espacio público (art. 39) y público- político (art. 40) de los Juzgados de Primera Instancia Multifuero de las localidades de Chajarí, Diamante, Federal, San José de Feliciano, Villa Paranacito, La Paz, Nogoyá, Rosario del Tala, Victoria y Villaguay, y asignar, a partir del 1 de febrero de 2024, la competencia exclusiva en dicha materia a los Juzgados de Paz de las localidades mencionadas anteriormente.
Asimismo el Alto Cuerpo estableció que las causas iniciadas con anterioridad a la fecha establecida seguirán tramitándose en los juzgados que recibieron las denuncias.
El STJER también dispuso hacer saber a las y los integrantes de los Equipos Técnicos Interdisciplinarios (ETIS) de las jurisdicciones implicadas que deberán intervenir en las solicitudes requeridas por la magistratura de los Juzgados de Paz de Primera Categoría conforme lo establecido por el art. 230 de la Ley N° 10956.