Tal como lo informáramos oportunamente en 03442, se desarrolló el juicio oral contra el comerciante de la ciudad de Colón, acusado de “Homicidio Culposo Agravado por la cantidad de víctimas”.
El imputado era Alejandro Martín Cuello, de 38 años de edad, quien conduciendo una camioneta Nissan Frontier 4×2, XE, atropelló y mató en mayo del 2022, sobre la Autovía Artigas, a Gabriela André de 36 años y Gisela Almada de 27, ambas uruguayenses que salían de trabajar del complejo Termas Concepción, conduciéndose en una moto Corven Mirage 110 cc.
Fueron numerosos los testimonios que presentaron en el juicio, presenciado por numerosos familiares y amigos de las víctimas, durante el cual la estrategia de la Defensa, ejercida por el doctor Santiago Neuman, que en la declaración del oficial de Criminalística que intervino ese trágico día, intentó demostrar que la moto iba a muy baja velocidad, inferior a la mínima permitida (30 km/h), procurando disminuir la responsabilidad de su asistido, mientras que la doctora Albertina Chichi (fiscal) y la Querella Particular como representantes de concubino, hijos y padres de Gabriela Andre, los doctores María Natalia Bordin; Facundo y Alejandro Felipuzzi, sostuvieron que hubo negligencia de Cuello al conducir a exceso de velocidad, sin mantener distancia prudencial con vehículos que lo precedían.
Tras el debate, el juez interviniente, doctor Nicolás Gazali, dispuso condenar a Alejandro Martín Cuello, a la pena de 3 años de prisión en suspenso por “Homicidio culposo agravado” y la inhabilitación para conducir por cinco años, así como el cumplimiento de reglas de conducta por tres años, entre las que están el fijar residencia que no podrá modificar sin autorización del Tribunal; realizar un curso de educación vial en una institución pública o privada y por el tiempo de duración del mismo, el que no podrá exceder de tres años, debiéndose acreditar su cumplimiento de manera mensual ante la Oficina de Medidas Alternativas (OMA) y realizar trabajos no remunerados en favor de la división tránsito de la Municipalidad de la ciudad de Colón, debiéndose acreditar su cumplimiento de manera mensual ante la Oficina de Medidas Alternativas (OMA).
Conocido los fundamente del juez interviniente, el doctor Alejandro Felipuzzi, señaló a 03442 que los analizará y verá la posibilidad de presentarse en Casación reclamando una pena de cumplimiento efectiva.