La titular de la Fiscalía Federal de Concepción del Uruguay, doctora María Josefina Minatta, le solicitó al titular del Juzgado Federal N°1 de Concepción del Uruguay, Pablo Andrés Seró, que envíe a juicio oral por delitos de lesa humanidad a los exoficiales de la Gendarmería Nacional Roberto Oscar Caserotto y Néstor Alfredo Gómez del Junco.
La fiscal señaló a ambos como coautores de los delitos de «asociación ilícita; allanamiento ilegal de viviendas; privación ilegítima de la libertad agravado por el uso de violencia respecto de diez personas, tres de ellas menores de edad; y torturas en relación a nueve hechos, todos en concurso real»
Los hechos habrían tenido lugar el 12 de mayo de 1977, el marco de la última dictadura cívico militar, en la ciudad de Concepción del Uruguay, en Entre Ríos. Las víctimas eran militantes del Partido Comunista. Cabe resaltar que los imputados habían sido procesados en mayo de este año. Respecto a Gómez del Junco además se suman dos casos por tormentos y asociación ilícita por hechos ocurridos el 12 de enero de 1978.
Las causas
De acuerdo con el procesamiento dictado por el juez Seró y repasado en el requerimiento del MPF, un denunciante ubicó la intervención de Caserotto y Gómez de Junco en la detención que sufrió en mayo de 1977 junto a otras personas cuando todos se encontraban festejando un cumpleaños en la casa de una familia amiga en Concepción del Uruguay
Recordó entonces que luego fueron trasladados a una sede de Gendarmería Nacional y que allí fueron amenazados por el imputado Gómez del Junco. Otra de las víctimas del mismo procedimiento se refirió a Caserotto como la persona que habría entrado en la casa portando un arma.
De acuerdo a lo relatado en la causa, los imputados pusieron a las víctimas en una camioneta y las golpearon en el viaje. «Los metieron en un calabozo, a uno de ellos le hicieron sacar la ropa, le echaron agua de heladera y lo golpearon con el puño durante 30 minutos”, dijo otra de las víctimas y agregó que incluso les hicieron padecer un «simulacro de fusilamiento».
Con respecto a las demás personas que vivían en la casa, permanecieron privados ilegalmente de su libertad con custodia por personal de Gendarmería alrededor de diez días en la vivienda de acuerdo a los testimonios obtenidos en el expediente.
En relación con otro hecho imputado a Gómez del Junto, se hizo foco en lo manifestado por una víctima que reconoció al imputado entre las personas que lo sacó junto a cuatro amigos de un balneario en Banco Pelay y que los subió a un Ford Falcon y los trasladó hasta una casa, donde los tuvieron privados de su libertad durante una noche, en enero de 1978.
Según el testimonio, allí fueron golpeados mientras los mantenían atados y luego los torturaron con picana eléctrica. La víctima refirió que durante la tortura se le despegó la cinta que le habían puesto sobre los ojos y que pudo reconocer al imputado Gómez del Junco. Agregó que, luego de dos horas, fue liberado junto a otra de las víctimas cerca del lugar en donde habían sido secuestrados.
Las torturas a niños y niñas
La fiscal destacó en su requerimiento de elevación la privación ilegal de la libertad y las torturas impuestas a dos de las tres víctimas menores de edad y el trato que recibió el hijo menor de edad de uno de los denunciantes.
Una de las víctimas, que tenía en ese momento cuatro años, “fue amenazada de muerte, le pusieron un arma en la cabeza y permaneció secuestrada en su propio domicilio, junto a su madre y a su hermanito (de siete años) durante aproximadamente diez días”, señaló la representante del MPF y agregó que “sufrieron un patrón de secuestro y privación de la libertad».
En esa línea, la fiscal Minatta detalló que se trata de casos en los que las fuerzas represivas privaron de su libertad a niños y niñas durante el tiempo en que se desarrolló el operativo de secuestro en el mismo domicilio que fue utilizado como espacio para la aplicación de torturas físicas y psicológicas, tanto sobre adultos y adultas como sobre los infantes. “Este patrón de secuestro que se verificó en otros operativos del país, también se aplicó nuestra ciudad”, aseguró.
Por otro lado, también se refirió al trato que recibió el hijo del denunciante y afirmó: “fue abandonado en el balneario Banco Pelay durante toda una noche en que permaneció solo, con diez años, habiendo presenciado las detenciones ilegales de su padre y sus compañeros, sin saber cuál sería el destino. Cuando volvieron a buscarlo, se encontraba en estado de desesperación”.
Minatta resaltó que si bien hubo causas judiciales en que se investigaron crímenes de lesa humanidad cometidos en la Ciudad de Concepción del Uruguay en ninguna de ellas se investigó en particular qué sucedió con las y los niños y niñas. “En su adultez se les convocó para dar testimonio por sus padres y madres, pero no se indagaron en estos procesos judiciales las vulneraciones perpetradas sobre ellos y ellas”, subrayó.
“Las prácticas represivas perpetradas sobre las infancias fueron igualmente aterrorizantes y les afectaran con igual intensidad que a los adultos, a pesar de no haber sido las personas directamente perseguidas. Estas prácticas les alcanzaron individualmente y produjeron afectaciones que perduran en el tiempo”, concluyó. (Fuente Fiscales.gob.ar)