En la ciudad de Concepción del Uruguay, se trató este martes en el Salón de Audiencias de la OGA, ante el juez de Garantías, Dr. Gustavo Ariel Díaz, la situación del joven detenido días pasados en Colón, acusado de balear a un muchacho en un violento episodio ocurrido el sábado 26 de agosto en intersección de calles Apolinario Almada y Provincias Unidas, del Barrio 192 Viviendas.
Se trata de Nahuel Alejandro Banegas (23), quien es representado por el doctor José Ostolaza, causa que lleva adelante la Fiscal Auxiliar N° 3, doctora. Denise Caraballo, en el marco del Legajo 339/23 y Ac. N° 332/23 (UFI N° 3883/23 y Ac. N° 5827/23 caratulado «Banegas, Nahuel Alejandro Abel S/ Encubrimiento por receptación de cosa de procedencia sospechosa y abuso de armas«.
Como se informara oportunamente, el 31 de agosto, se presentó la solicitud de libertad del acusado que fuera detenido en Colón, durante un allanamiento donde familiares del mismo agredieron a la Policía y a vecinos.
En esa audiencia, el juez dispuso pasar a un cuarto intermedio a fin de resolver la situación procesal del imputado, para que consiga una persona que se haga responsable como su cuidadora y haga cumplir las reglas que se le impusieran, pero mientras esto sucedía, Banegas debía continuar detenido.
Le rechazaron la propuesta a la Defensa
Este martes, el doctor José Ostolaza se presentó en el Juzgado ante el juez Gustavo Días, para proponer a quien se haría responsable del acusado, ofreciendo a quien es pareja del mismo y vive en domicilio con Banegas desde hace aproximadamente 4 años.

Concedida la palabra a la Fiscal Auxiliar, este dijo que en la audiencia anterior se había opuesto a la cuidadora propuesta, manteniendo su postura, puesto que se le ha informado que tanto la mujer detenida en el acto del allanamiento en Colón (hermana de la cuidadora propuesta) y todas las mujeres que habitan la vivienda (incluyendo la posible cuidadora), fueron agresivas para con el personal policial y sus vecinos, asimismo, por lo que no reúne los requisitos requeridos para oficiar de cuidadora.
A su turno, el doctor Ostolaza, manifestó que no le consta a la Defensa que la mujer haya actuado violentamente en ese momento y entiende que es una persona que convive con su defendido, tienen un hijo en común, entendiendo que debía hacerse lugar al pedido de la Defensa.
Oídas las partes, el juez no hizo lugar al ofrecimiento de la Defensa por la cuidadora, por no reunir las condiciones necesarias, por lo que se volvió a pasar a nuevo cuarto intermedio a la espera de que se consiga alguien que reúna las condiciones que garanticen ser responsable para esa tarea.
