jueves, octubre 29, 2026

A la pesca del contrabando: Aduana secuestró anzuelos y artículos de mar importados de manera irregular

La mercadería en infracción consistía en anzuelos para la pesca de calamares y lámparas para buques, entre otros productos, que no contaban con la documentación necesaria. Las productos —de origen español, austríaco y surcoreano— están valuados en más de $7.5 millones. Se encontraban en un buque de bandera argentina, propiedad de una compañía pesquera. La Aduana podría aplicar una multa mínima de casi $31 millones. Intervino el Juzgado Federal Nº 1 de Bahía Blanca.

Agentes especializados de la Dirección General de Aduanas desarticularon una tentativa de contrabando en un barco de bandera argentina. Se trataba de productos de pesca de origen extranjero que no contaban con la documentación respaldatoria necesaria para su importación, por lo cual el personal aduanero secuestró la mercadería, valuada en más de $7,5 millones.

 

Fue durante un operativo habitual de control que cajas con inscripciones en idioma extranjero llamaron la atención de los agentes aduaneros abocados a la fiscalización de la Zona Primaria Aduanera de Puerto Galván, Bahía Blanca. La mercadería estaba a bordo de un buque con bandera argentina, propiedad de una compañía pesquera.

 

Tras tomar contacto con el Juzgado Federal Nº1 de Bahía Blanca, inspectores de la Dirección General de Aduanas procedieron a evaluar el origen y la documentación de los productos. Sin embargo, el capitán del buque no pudo producir la documentación que avalara la legal tenencia e importación de la mercadería de origen austríaco, español y surcoreano.

 

Los agentes aduaneros constataron que se trataba de diversos productos de pesca, entre los cuales había 34 anzuelos para la pesca de calamares y 56 lámparas para buques poteros —es decir, dedicados a la pesca de calamar.

 

Fue en ese contexto que, en los términos de los artículos 123, 126 y 127 del Código Aduanero, el personal del organismo secuestró la mercadería valuada en $7.735.000. Asimismo, según establece el artículo 876 de la misma normativa, podría caber una multa mínima de $30.940.000.