La Municipalidad de Gualeguaychú recordó a todos los vecinos, que está prohibido el uso de pirotecnia en tanto se refiera a fabricación, depósito, transporte y venta.
Tal como detalla la Ordenanza N° 12079 Sancionada en diciembre de 2016 por el Honorable Concejo Deliberante, se encuentra prohibido «el uso, fabricación, depósito y comercialización, tanto en carácter minorista como mayorista, de artificios pirotécnicos en todo el ejido de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú”.
La prohibición incluye a los denominados “Globos aerostáticos” o similar, en tanto constituyen riesgo potencial de incendio. Quedan excluidos de la ordenanza los artificios pirotécnicos usados para señales de auxilio, emergencias náuticas, para el uso de las fuerzas armadas, de seguridad y/o defensa civil.
¿Por qué Gualeguaychú prohibió la pirotecnia?
Los artificios explosivos generan efectos perjudiciales, que impactan negativamente en la salud y seguridad de las personas, aumentan la ocurrencia de accidentes y generan contaminación ambiental por los efectos lumínicos, sonoros y químicos. Estos últimos afectan particularmente animales (silvestres y domésticos), y a niños y adultos mayores
Así también los ruidos emanados por el uso de pirotecnia puede generar en los seres humanos y animales: taquicardia, temblores, aturdimiento, pérdida de control, miedo y/o muerte; provocando además grandes molestias, trastornos permanentes a las personas que no comparten esta forma de festejos, o personas enfermas con determinadas patologías.
La ordenanza en su artículo 6°, instituye como autoridad de aplicación al área de Inspección General, pero a su vez faculta a realizar las actas de infracción ante la detección de un incumplimiento, a todo agente municipal con funciones de inspección, en tal sentido es dable mencionar que incluye a las direcciones y Áreas de: Ambiente, Transito, Obras Privadas, Higiene Urbana, Control Comercial, Seguridad e Higiene. Fuente Máxima
