Prisión preventiva para el hombre que mató a su propio hermano a puñaladas

El hombre que apuñaló a su hermano y terminó con su vida, permanecerá detenido bajo prisión preventiva, dispuesta el pasado miércoles en audiencia realizada en el Juzgado de Garantías, ante la presencia de la jueza de Garantías, doctora Alejandrina Herrero.

Se trata de Jonathan Abel Churruarín, apodado «Cocoia», de 31 años de edad, quien es representado por el defensor Oficial, Dr. Sebastián Arrechea, en causa que lleva adelante la fiscal María Occhi.

En principio, la audiencia que se iba a desarrollar se tuvo que suspender y pasar a un cuarto intermedio, dado que el imputado se indispuso aparentemente por su estado de nervios, por lo que fue retirado para ser evaluado por el médico forense, trasladándoselo al hospital.

A continuación se reanudó la audiencia sin la presencia del imputado, siendo concedida la palabra al Ministerio Público Fiscal, que explicó que Churruarín está acusado de haber causado la muerte a su hermano Jesús Miguel Churruarin de 38 años de edad, al efectuarle varias heridas con arma  blanca siendo dos de ellas penetrantes en región epigástrica y en octavo espacio intercostal derecho y herida cortante en cara anterior del brazo derecho según  informe médico, por lo que debió ser hospitalizado e intervenido quirúrgicamente en reiteradas oportunidades en el nosocomio local, donde quedó internado con alto riesgo de vida hasta el martes 15 de noviembre, que se produjo el fallecimiento.

El hecho, como se informara oportunamente, sucedido el13 de noviembre alrededor de las 02.10 horas, en inmediaciones 11 del Norte Bis y Juan Marcó.»

Tal conducta, antes descriptas, encuadra en el delito de Homicidio (art  79 del C.P.), atribuible «prima facie» a Jonathan Abel Churruarin en calidad de autor (art. 45 del citado cuerpo legal).

La fiscal consideró que el acusado se dio a la fuga desde el 13 de noviembre hasta el día 15 y ante las medidas de prueba pendientes de producir, solicitó la prisión preventiva por 90 días fundamentando los riesgos procesales vigentes.

A su turno el defensor refiere que debe ser lógico al reconocer los riesgos procesales los cuales existen, evalúa el riesgo de fuga la cual se dio en un primer momento y luego con una orden de detención que estaba vigente, por otro lado hace lo propio con el riesgo de entorpecimiento el cual no puede negar conforme lo dicho por el MPF, que Churruarin no tiene domicilio y está en situación de calle, por lo que salvaguardando la defensa efectiva solo puede solicitar una morigeración o sea un arresto domiciliario.

Oídas las partes, atento a lo dispuesto en los arts. 353 ss. y concordantes del C.P.P.P., la jueza resolvió disponer la prisión preventiva de Jesús Miguel Churruarin en orden al delito de homicidio simple previsto en el art. 79 del CP, por el plazo de 90 días, fijándose su alojamiento en dependencias de la Comisaría Primera ciudad los primeros 30 días y luego será trasladado a una unidad carcelaria de la provincia.