En Tribunales de La Histórica: Condenaron a depravado que abusó de su hijastra en San José

El fiscal del caso Dr. Sebastián Blanc

La semana pasada se desarrolló en los Tribunales de Concepción del Uruguay, el juicio oral y a puertas cerradas, contra un sujeto acusado de abusa y golpear a su hijastra menor de edad, hecho ocurridos en San José. Este lunes se conoció finalmente la sentencia, recibiendo una condena de cumplimiento efectivo, pero continuará libre con reglas de conducta, hasta que la sentencia quede firme.

Se trata de RCL, quien llegara representado por los doctores Omar Zamora y Priscila Zapata Molas, en causa que llevara adelante el fiscal de Colón, doctor Sebastián Blanc.

Como se informara oportunamente, RCL se aprovechó que la menor dormía en su cama y la sometió a manoseos, a lo que la adolescente se resistió dándose un forcejeo entre ambos, tras lo cual el depravado se retiró del lugar. Pasados unos días del primer incidente, cuando la menor se negó a sentarse junto a su familia, RCL ingresó al dormitorio de la joven, la tomo de una de sus piernas, pegándole al menos dos cachetadas y tomándola los cabellos la llevó por la fuerza y en contra de su voluntad  hacia la cocina de la vivienda, situación que fuera advertida por la madre de la joven y pareja de del acusado, que le dijo que si le volvía a pegar lo iba a denunciar.

Estas conductas, según el fiscal encuadraron en “Abuso sexual simple, doblemente  agravado por ser el autor  encargado de la guarda y haber sido cometido contra una menor de dieciocho (18) años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma” -primer hecho-; concursada realmente con “Privación ilegítima de la libertad doblemente agravada por haber sido cometido con violencia y en contra de una persona a quien se debe respeto particular”  -segundo hecho-, ambos concursados realmente entre si.

Tras el debate realizado en Sala de la Cámara de Concepción del Uruguay, que fuera presidido por la vocal, doctora Melisa Ríos, el fiscal Blanc solicitó la pena de cuatro años de prisión efectiva.

Este lunes  la jueza interviniente dispuso dar por finalizado el debate y señaló que el próximo lunes 17 de octubre, se dará lectura a la sentencia.

Dio lectura al fallo, condenando a R.C.L., como autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual simple doblemente agravado” por ser el autor encargado de la guarda y haber sido cometido contra una menor de dieciocho años aprovechando la situación de convivencia preexistente (art. 119 párrafos primero, cuarto incs. b) y f) y quinto del Cód. Penal) y “Privación ilegítima de la libertad agravada” por haber sido cometido con violencia en grado de tentativa (arts. 42 y 142 inc. 1° en función del art. 141 del Código Penal), que concurren realmente entre sí (art. 55 del Cód. Penal), a la pena de tres años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento.

El condenado continuará en situación de libertad con reglas de conducta, a partir del día de la fecha y hasta que adquiera firmeza la sentencia.