Cómo votó el tribunal que destituyó a Cecilia Goyeneche

 

Los fundamentos del tribunal, que por mayoría removieron de su cargo a la Procuradora Adjunta, Cecilia Goyeneche. El extenso fallo consta de 316 páginas.

Se conoció este martes en forma íntegra la sentencia del Jurado de Enjuiciamiento, en la cual se exponen los fundamentos que llevaron a decidir de la destitución de la Procuradora Adjunta, Cecilia Andrea Goyeneche. El fallo, cuya redacción se terminó de pulir el lunes, consta de 316 páginas y en las últimas horas las partes intervinientes fueron notificadas de la resolución.

El primer voto estuvo a cargo del vocal e integrante de la Sala Civil y Comercial, Juan Ramón Smaldone, quien luego de hacer un repaso por los aspectos nodales de la causa, pasó a fundamentar su voto a favor de la remoción de la fiscal anticorrrupción. Para el magistrado la acusada “perdió el atributo de objetividad porque de manera deliberada decidió que no debía excusarse patentizando -ello- un claro acto arbitrario prohibido por la Constitución Provincial”.

Según Smaldone el accionar de la funcionaria “puso en riesgo la transparencia de las evidencias que iban colectándose en la investigación preparatoria preliminar”, en referencia a la causa de los contratos truchos.

El juez observó algunas conductas a las que calificó como graves, entre ellas el haber silenciado la amistad entre el contador Pedro Opromolla y su cónyuge Sebastián Orlando Bertozzi. “Tampoco pudo desconocer que compartía la titularidad de dos actos jurídicos de adquisición inmobiliaria de propiedad horizontal y otro contractual de locación, cuyo canon mensual era distribuido luego de ser pagados en la sede del estudio Integral Asesoría”, asentó en su voto.

A continuación llegó el turno de la jurado Verónica Mulone, a cargo de la presidencia del Tribunal. Como ya es sabido se pronunció a favor de mantener en su cargo a Goyeneche. Para argumentar su voto se diferenció de las actuaciones del Honorable Jurado de Enjuiciamiento (HJE), órgano al que cuestionó porque “resulta evidente, que el HJE obró por fuera de las potestades que le confiere la ley, cuando, sin competencia para hacerlo, en el punto V de la Resolución del 30 de noviembre del 2021, modificó un aspecto estructural del trámite que se encuentra reglado, y desplazó al órgano acusador establecido legalmente; y al hacerlo, ha infringido el debido proceso que la acusada tiene garantizado por la Constitución Nacional”. En rigor, condenó la decisión de apartar al Ministerio Público Fiscal como órgano acusador y en su lugar designar al fiscal ad hoc, Gastón Justet.

En otro pasaje alegó que “no existe controversia en cuál era la situación de derechos sobre inmuebles comunes y el vínculo de amistad entre el imputado Pedro Opromolla y Sebastián Orlando Bertozzi, esposo de la acusada. Son cuestiones registrales que estaban claras antes del dictado del auto de formación de la causa; sobre estas cuestiones no hay nada que esclarecer”. Y en el mismo sentido concluyó que no se evidenciaron conductas de parte de Goyeneche que hubieran obstaculizado la investigación en la causa “contratos truchos”.

Otro de los votos fue el de la vocal del máximo tribunal, Gisela Schumacher, quien se refirió al reproche por la integración del Jurado de Enjuiciamiento. “No puedo dejar de señalar que este Jurado carece de competencia para resolver cualquier cuestionamiento hacia la omisión legislativa que se endilga a otros poderes del Estado, ni esa circunstancia puede llevar a comprometer la alta responsabilidad que la Constitución Entrerriana depositó en este cuerpo”.

En cuanto a la cuestionada relación de su pareja con el imputado Opromolla, expresó: “Pretende Cecilia Goyeneche que es misógino y sexista suponer que las relaciones de confianza de su marido den por sentado que influirán en su voluntad. Estoy de acuerdo. Es ofensivo, o debería serlo, que a las mujeres nos atribuyan sin más las relaciones o las influencias de quien es nuestra pareja. Y luego completó: “El asunto es que, aquí, todas y cada una de las coincidencias que tenían Cecilia Goyeneche con el imputado Opromolla, analizadas en su conjunto, dan cuenta de una relación de confianza que traspasa la que, ya reconocida en este juicio, tenía su esposo Orlando Bertozzi con Opromolla. A esto también podría sumarse que, más allá de la relación con Opromolla, la relación también era con el ´estudio´ Integral Asesoría”. Al igual que Smaldone solicitó la destitución de la funcionaria.

Finalmente el vocal Daniel Carubia, el senador Armando Gay, y el jurado Gonzalo García acompañaron el planteo de remover de su cargo a la número 2 del Ministerio Público Fiscal. En particular, Carbia, en respuesta a los dichos de la acusada, negó tener vínculos “con persona alguna involucrada en causas de corrupción administrativa”. A su turno, García le enrostró haberse mantenido en la causa “contratos truchos” “contrariando todas las normales procesales que consagran las pautas de excusación”.

En tanto, el diputado Gustavo Zavallo votó por la absolución. FUENTE UNO