Vitor presentó un proyecto para reformar el Jurado de Enjuiciamiento

El diputado provincial Esteban Vitor (PRO – Junto por el Cambio) presentó una iniciativa para cambiar la conformación y el accionar del Jurado de Enjuiciamiento (JdeE) que evalúa la conducta del funcionariado judicial no sometido al juicio político. Muchas de las variaciones que propuso el legislador opositor tratan de resolver situaciones generadas en el proceso a la procuradora Cecilia Goyeneche, acusada de mal desempeño, y que debieron ser resueltas por el propio Jurado.

Las propuestas de cambios incluyen fijar específicamente que el Procurador General y el Defensor General están sometidos al proceso de jury y no al juicio político. La legislación vigente mantiene una sombra interpretativa en este punto que debió ser sometida a interpretación del Jurado en dos oportunidades ante acusaciones al Procurador Jorge García. En una primera ocasión se definió que el JdeE era el ámbito para juzgar al jefe de los fiscales. Pero en una segunda el criterio varió y el mismo cuerpo envió la acusación contra García a la comisión de Juicio Político de la cámara de Diputados.

Además, apunta a un punto conflictivo: la acusación de la persona sometida al jury cuando se trata de un integrante del Ministerio Público Fiscal. El ordenamiento legal vigente fija que esa responsabilidad le compete al Procurador General o a un integrante de Fiscalía. Pero se produce una paradoja cuando el acusado es un propio integrante del órgano acusador.

El proyecto de Vitor apunta en un doble sentido sobre este aspecto. En primer lugar, incorpora la figura del acusador particular. En el actual ordenamiento, quien denuncia no participa en el proceso final. Y además crea un registro de profesionales de la abogacía con capacidad para actuar como conjueces que estará a cargo del Colegio de la Abogacía.

El texto del proyecto consigna: “El denunciante podrá constituirse como acusador, debiendo para ello actuar con representación legal de un abogado con matrícula vigente en la provincia, ostentando dentro del proceso, las facultades y deberes que se le confieren en esta Ley. En el caso de que el denunciado fuere un miembro del Ministerio Público Fiscal actuará como Fiscal ante el Jurado un abogado con matrícula vigente en la Provincia, que además cumplimentare con los requisitos para ser miembro del Superior Tribunal de Justicia y que se encontrarse inscripto en el Registro que a tales fines llevará el Colegio de la Abogacía quien, previa desinsaculación, designará al profesional que actuará como Fiscal y a su suplente”.

En cuanto a la integración, amplía a nueve el total de integrantes. A los siete actuales (tres vocales del Superior Tribunal de Justicia, dos legisladores y dos abogados nombrados por el Colegio) agrega dos abogados más a propuestas de asociaciones civiles una tarea que también delega en la institución que nuclea a los profesionales del derecho. (APFDigital)