Como cada jornada, el edificio de Tribunales de Concepción del Uruguay, es escenario de numerosas audiencia relacionadas a casos de violencia de género ocurrido cada vez con mayor frecuencia.
En las últimas horas, entro otras diligencias similares, se dispuso la prórroga de la prisión preventiva de QJR, acusado de “Desobediencia y Lesiones leves”, causa que lleva adelante el fiscal auxiliar, doctor Eduardo Santo.
La medida se trató ante el juez de Garantías, Dr. Gustavo Ariel Día, contándose con la presencia del abogado defensor el doctor Mario Arcusin de la ciudad de Basavilbaso, no así con el imputado que está alojado actualmente en la Unidad Penal de Victoria.
Concedida la palabra al Ministerio Público Fiscal, da comienzo a su relato explicando que solicitaba la prórroga de la Prisión Preventiva, atento a que se mantienen los riesgos procesales, agregando que se han puesto de acuerdo en una salida alternativa y presentaron un Abreviado con pena de cumplimiento efectivo, que ya tiene fecha fijada para su realización el próximo 11 de mayo del corriente.
Por esta razón se solicitó se mantenga vigente la medida por el plazo de 30 días, pedido que a su turno, fue abalado por el Defensor Particular, Dr. Mario Ignacio Arcusin, que consideró adecuado lo solicitado y que no le ocasiona perjuicio a su defendido toda vez que se trata de una pena de cumplimiento efectivo, de la que se descontarán estos días que lleva en prisión preventiva.
El Defensor también realizó dos solicitudes, interesando que la Audiencia de Juicio Abreviado, se fije a las 10:00 horas, por la distancia, y si ello resulta posible, y la segunda solicitud, es si puede ser trasladado el día 9 de mayo para acercamiento familiar del imputado, y participe personalmente en el Juicio Abreviado, y luego se lo retorne a U.P.
Oídas las partes, el juez resolvió disponer la prórroga de la prisión preventiva de Q.J.R., en orden los delitos encuadrados en los arts. 4 y 5 de la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres y se subsume en los delitos de “Lesiones leves dolosas calificadas en función de la relación de pareja y mediando violencia de género y desobediencia a una orden judicial”, en concurso real, por el plazo de 30 días.