La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, resolvió hacer lugar a la demanda promovida por un ciudadano, contra otra persona, por entender que había sido injuriado en una publicación de Facebook.
Entre otros fundamentos de la resolución dada a conocer ayer, se destaca que resulta insoslayable que la publicación y difusión de los contenidos en las redes sociales tienen un impacto y repercusión social muy importante, de modo que se debe desalentar la difusión de ideas que sindiquen como responsable de un delito penal sin contar con las pruebas que así lo confirmen, máxime cuando el estado de inocencia es también una garantía constitucional.