Es verdaderamente preocupante la cantidad de causas que siguen ingresando en la Justicia relacionadas a la violencia inexplicable de hombre contra las mujeres. Día a día se suman nuevos hechos, lo que refleja un verdadero problema social que parece no tener fin.
El pasado jueves se trató otro de los tantos casos y la Justicia dispuso la prórroga de la prisión preventiva de un individuo acusado de este tipo de delito, pero que además cometió un robo a mano armada violento la primera prisión domiciliaria y con el uso de pulsera electrónica.
La audiencia tuvo lugar en el Salón de Audiencias , residida por el juez de Garantías, Dr. Gustavo Ariel Díaz, a solicitud del Fiscal Auxiliar N° 2 Dr. Juan Pablo Gile.
Como ya se informara oportunamente, el imputado es David Orlando Lucero, de 32 años, quien ahora es representado por Defensa Particular a cargo del Dr. Jair Emanuel Gay, destacándose que el acusado está actualmente alojado en la UP4, desde la violación de su arresto domiciliario.
Lucero, esta además de su causa por violencia de género, acusado de salir de su domicilio con la pulsera electrónica e ir a robar a una vivienda, acompañado por un menor de edad, situación que es un agravante para él.
El jueves se trató la situación explicó al magistrado que se había realizado un acuerdo, con el imputado con domiciliaria, que en base a un nuevo hecho delictivo, por incumplimiento de la medida dispuesta, se revocó tal beneficio y continuó cumpliendo en UP4, solicitando la prórroga de la prisión preventiva del imputado, por el término de 90 días, para realizar la audiencia de Etapa Intermedia que se ha fijado para el día 24 de mayo de 2022.
A su turno el Defensor Particular Dr. Jair Manuel Gay, intentó revertir la situación y lograr nuevamente el arresto domiciliario, pero la Fiscalía se opuso rotundamente, considerando que el acusado podría repetir su conducta y que el segundo hecho cometido es a escasos metros del domicilio donde estaba detenido, por lo que es próximo a la víctima.
Oídas las partes, el juez dispuso la prórroga de la prisión preventiva del imputado, en orden a los delitos de “Amenazas Coactivas” (primer hecho) (art. 149 bis. 2º párrafo) y “Amenazas calificadas por el uso de arma de fuego” (segundo hecho y tercer hecho) (art. 149 bis 1º parrafo) todo en un contexto de “Violencia de género” y arts. 4 y 5 de la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, todo ello en Concurso Real entre sí (art. 55), ello por el término de 90 días.