La Sala II de la Cámara de Casación, confirmó sentencia emitida por un jurado popular en Gualeguaychú

Se dio a conocer este viernes, la primera sentencia de revisión que se emite en ocasión de un proceso llevado a cabo ante un Juicio por jurado popular. Se rechazó el recurso interpuesto por el defensor del imputado Jonathan Joaquín Rodríguez, quien fuera condenado a 15 años de prisión luego de haber sido declarado culpable, por veredicto popular, de homicidio simple de Sergio Gómez.

La Sala II de la Cámara de Casación de la provincia, con asiento en Concordia dio lectura hoy a la sentencia recaída tras la audiencia recursiva en el expediente caratulado   «Rodríguez Jonathan Joaquín -Homicidio simple- S/ Recurso de casación» -Expte. N° 692/21-«, de Gualeguaychú.

El vocal Darío Perroud, quien tuvo el primer voto expresó que «resulta oportuno y necesario destacar que la presente sentencia es la primera en el orden provincial que arriba a esta Cámara de Casación desde que se pusiera en vigencia la ley 10746 de Juicio por Jurados, lo que no puedo menos que celebrar ya que importa la concreción del programa constitucional,  habiendo sido el juzgamiento por pares un aspecto rezagado del debido proceso, pero que ahora viene sí, con fuerza, a complementar aquellas reformas rituales que tuvieran inicio con la ley 9754, del 2007, puesta en marcha efectivamente -primero en la costa del Uruguay- allá por septiembre del 2009 significando el ingreso del modelo acusatorio adversarial, que desde entonces auspiciamos y con  esfuerzo diario los distintos operadores vamos afinando en pos de abandonar definitivamente cualquier resabio inquisitivo».
El magistrado sostuvo que “la instauración del jurado marca un antes y un después del proceso penal entrerriano, lo jerarquiza enormemente y nos pone en el ineludible compromiso de preservarlo puesto que ha llegado para quedarse. En nosotros está lograr el mejoramiento de la litigación, perfeccionar y pulir las bases sobre las que habrá de madurar el sistema, en tanto desde la administración se deberá acompañar el proceso mediante la asignación de partidas que permitan el desarrollo del programa, apuntalando de modo definitivo este modelo de participación ciudadana, definido además por la ley 10.746 como política de Estado en la provincia de Entre Ríos».
Asimismo se expidió acerca de cuestiones relacionadas con la regularidad de constitución del panel de jurados, afirmando: «Creo con firmeza que en el caso que nos ocupa -y en otros cuyo juzgamiento se llevó a cabo en pandemia- nuestros jueces técnicos han garantizado que las adaptaciones hechas fruto del COVID-19 -ya a los procedimientos de selección como a las audiencias de juicio misma- no han repercutido en una merma de derechos para los justiciables y lejos de ello, demuestra que el pueblo entrerriano no solo se ha decidido por un proceso penal según el original programa constitucional, sino que además ha tomado el desafío de ponerlo en marcha en circunstancias de total adversidad «.
También destacó “el acierto de las instrucciones impartidas al jurado, al igual que la suficiencia con que se abordaran cuestiones como el principio de inocencia y la duda razonable”.
Por último, luego de una revisión integral y ante las manifestaciones de la defensa que alegaba un apartamiento de manifiesto de la prueba por parte de los jurados, se decidió rechazar íntegramente el recurso.
El voto de Perroud recibió la adhesión en un todo y sin reservas de las vocales María Evangelina Bruzzo y  María del Luján Giorgio.

El caso
El 3 de septiembre de 2021, el Jurado popular declaró por unanimidad culpable a Jonathan Rodríguez, de 27 años, por el homicidio simple de Sergio Gómez, de 30 años, ocurrido el 10 de mayo de 2020 en la zona de La Cantera y Buenos Aires, de Gualeguaychú. La decisión del jurado se tomó al término de tres días de audiencias que se concretaron en el salón de la Caja de Jubilaciones municipal de esa ciudad.
El 17 de septiembre de 2021, el juez Mauricio Derudi impuso la pena de 15 años de prisión a Jonathan Rodríguez.