Dispusieron la prisión preventiva de los cuatro detenidos por narcomenudeo

Dr. Arcusin, Dra. Seró y Dr. Gay

Como se informara oportunamente, el pasado fin de semana se detuvo tras procedimiento de la Policía de Entre Ríos, a cuatro personas acusadas de la venta de drogas en Concepción del Uruguay, sobre las que este lunes se resolvió el Garantías, mantenerlas bajo prisión preventiva.

En la audiencia realizada y que fuera presidida por la jueza de Garantías, Dra. Melisa María Ríos, la Agente Fiscal n° 3 Dra. Gabriela Seró, se presentó para solicitar la prisión preventiva de Gisela Patricia Casas (43), Alexander Nicolas Melgarez, alias «Nico» (19), ambos asistidos por el Dr. Mario Arcusin; así como de Robina Lorena Elizabeth (38) y Aníbal Antonio Martin, apodado «Cuki, representados por el doctor Jair Gay, en el marco del legajo nº386/22 S/ Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización” y su acumulado Legajo nº1025/22.

La fiscal señaló que se les imputa el haber tenido en su poder con fines de comercialización, los imputados Casas Gisela Patricia y Melgarez Nicolás Alexander, cocaína y marihuana, constatando dichas sustancias en el domicilio sito en Ñandubay Nº82, entre Paraíso y Dr. Lacava,  casilla de madera habitada por Casas y Melgarez, cuando en fecha 4 de marzo de 2022 se realiza diligencia de allanamiento y requisa domiciliaria.

En este inmueble, al ingresar el personal policial, advierte que Gisela Casas, toma un elemento que se encontraba en el comedor y se dirige de manera inmediata hacia la cocina que conecta directamente con el baño, advirtiendo allí, la presencia de Alexander Nicolás Melgarez y observando en el interior del inodoro una bolsa color verde, la que tenía en su interior un paquete de cigarrillos, con 38 envoltorios de nylon transparente sujetados en uno de sus extremos en su interior, con sustancia polvorienta color blanca, la cual arroja resultado de test de reacción química positivo para con sustancia cocaína, arrojando peso total de 5.5 gramos. Seguidamente, se procede a la requisa de los moradores de la vivienda, secuestrándose teléfonos celulares y dinero en efectivo, al requisarse a la mujer, se localiza en el interior de su corpiño dinero en efectivo por una suma superior a los 3000 pesos.

Luego se prosiguió con la requisa secuestrándose celulares y 30000 pesos ocultos en una almohada, cogollos, electrodomésticos de los cuales no se acreditó documentación/factura, encuadrándose en el delito de tenencia de sustancias estupefacientes con fines de comercialización.

Por otra parte a los imputados Anibal Antonio Martin y Lorena Elizabeth Robina, se los acusó de el haber tenido cocaína y marihuana, constatando dichas sustancias en el domicilio en Barrio Zapata, en oportunidad del allanamiento y requisa domiciliaria, destacándose que Martin se encontraba fraccionando estupefacientes para la comercialización, constatando que en la cama  había una tijera, recortes de nylon, envoltorios de nylon, un trozo compacto de marihuana, un rayador con resto de idéntica sustancia vegetal, otros elementos y dinero, encontrándose también en el fondo una planta de marihuana, hallándose en un dormitorio 87 envoltorios de nylon color negro,   con marihuana, a lo que se sumaron distintas cantidades de dinero en otros lugares del inmueble y otros elementos conteniendo la sustancia vegetal, conducta que encuadraba en el mismo delito que los otros acusados.

La doctora Seró, brindó detalles de los elementos secuestrados en el marco de los procedimientos realizados, las actitudes de los imputados y refiere que la conducta de Casas y de Melgarez al momento de realizarse la irrupción fue de intentar entorpecer la investigación, agregando que al momento del procedimiento había menores de edad, los estupefacientes se encontraban en la cama, arriba del ropero, de fácil alcance de los menores con el peligro que ello implica siendo expuestos en su salud y al desarrollo de una niñez libre. Que se le dará intervención al Ministerio Pupilar al respecto ya que la actividad se realizaba delante de los niños.

Finalizando la fiscal sostuvo que no existen medidas sustitutivas suficientes que permitan neutralizar el peligro de entorpecimiento de la investigación por lo que solicita la prisión preventiva por el término de sesenta días.

Otorgada la palabra al Dr. Mario Arcusin refiere que no se puede afirmar en ésta instancia que haya visto comercialización por menudeo, no existen certezas ni por las cantidades ni las evidencias obrantes en el legajo que sus asistidos hayan cometido ese delito. Solicita la aplicación de medidas sustitutivas, ofreciendo dos alternativas, con respectivos cuidadores.

A su turno el Dr. Jair Gay, cuestionó los riesgos procesales alegados al momento de solicitar la prisión preventiva, refiere que la pena en expectativa no es menester para el riesgo de fuga, ofreciendo cuidadores para la prisión domiciliaria.

Escuchadas las partes, la juez interviniente, hizo pasar a los posibles cuidadores, pero tras la entrevista consideró que no se daban las condiciones para hacer lugar a las posturas de las Defensas, por lo que la prisión preventiva de los acusados, como coautores en orden al delito de “Tenencia de sustancias estupefacientes con fines de comercialización” por el plazo de sesenta días.

Caba destacar que en la misma audiencia el doctor Jair Gay presentó el pediod de apelación, por lo que esto será tratado en Cámara, esperando en su caso el doctor Arcusin, para estudiar el casi y ver qué postura adoptará.