Otra vez lo mismo: Fue condenado con prisión condicional e incumplió nuevamente medidas impuestas en dos oportunidades

Es el caso de José Eduardo Almada (71), el violento comerciante condenado en junio de 2021 por atacar y amenazar a los funcionarios municipales cuando fuera desalojado de la Peatonal Rocamora con su carrito de comidas rápidas, a lo que se le sumaban violentos hechos en perjuicio de su ex esposa, en el contexto de violencia de género.

En septiembre de ese mismo año, fue llevado nuevamente a audiencia acusado de violar las medidas impuestas en su condena condicional, razón por la cual no se computó el tiempo transcurrido y se dispuso que continuara con la libertad condicional y arrancar desde cero la pena impuesta.

Llamativamente, este martes 22 de febrero, el caso de Almada fue nuevamente llevado a la Justicia, ya que volvió a incumplir las medidas, demostrando su desprecio al cumplimiento de las normas, en evidente actitud de incumplimiento.

En la audiencia realizada ante el juez de Garantías, doctor Gustavo Díaz, el fiscal Juan Pablo Gile, explicó que el sujeto de 71 años, volvió a incumplir las reglas impuestas el 11 de junio del 2021.

Las mismas imponían dar inicio y sostener con regularidad un tratamiento psicológico y psiquiátrico en relación a los conflictos, ello hasta el vencimiento de la condena (cuatro años) o hasta el alta médica, lo que ocurra primero y acreditar mensualmente con las constancias respectivas, así como la prohibición de mantener todo tipo de contacto y por cualquier vía con su ex pareja o de generar todo tipo de actos perturbadores contra la misma, no de acercase en un radio de 400 mts. a su domicilio o donde se encuentre viviendo.

Gile destacó que Almada incumplió esas reglas conforme consta en el informe presentado por el Profesional Claudio Ríos, mediante el cual manifiesta que solo cumplió con el tratamiento en los meses julio y agosto de 2021.

Por otra parte en fecha 16 de febrero de 2022 fue constatada la presencia del imputado Almada frente al domicilio de la ex pareja, siendo identificado en el lugar por personal policial, resaltando la mujer que este hacía días que se presentaba el domicilio a golpearle la puerta y el día de ayer habría dormido en la cabina del camión que sigue estacionado frente a dicho domicilio.

Por todo ello solicitó se revoque la condicionalidad de la pena de manera definitiva, atento a que ya se le ha otorgado la oportunidad de cesar con sus conductas.

Otorgada la palabra al defensor del septuagenario, doctor Ernesto Figun, se opuso a la medida solicitada, pero reconoció que su cliente debe realizar el tratamiento psicológico, pero debido a que su situación económica es muy complicada, ya que no puede abonar un tratamiento psicológico privado, cargando la responsabilidad a Salud Mental del Hospital que no da turnos necesarios y solo los brinda a tres meses.

Respecto al incumplimiento de la prohibición de acercamiento, dijo el abogado que ese día Almada recibió un llamado informándole que le estaban intentando robar un camión, y es por ello que se acercó hasta ahí, resaltando que en esos momentos mujer no se encontraba en el domicilio, que Almada no fue para molestarla, y que ella tiene intenciones de quedarse con los vehículos que le pertenecen a ambos, razón por la cual se opuso a la revocación de la condicionalidad de la pena, comprometiéndose a informar los turnos otorgados por el Hospital para mantener un control sobre el tratamiento.

Tras escuchar las partes, el juez dispuso tener por no computado el plazo otorgado en fecha 11 de Junio de 2020 al condenado Almada y que el mismo se inicia a partir del día de la fecha y por término de cuatro años, tiempo en el cual este deberá cumplir reglas de conducta.