En el Salón de la OGA, ante la jueza de Garantías, Dra. Melisa María Ríos, se presentó la Fiscal Auxiliar, Dra. María de los Ángeles Becker, a fin de solicitar la prisión preventiva del imputado LAE de 43 años de edad, acusado de hecho de violencia de género, quien es representado por la Defensa Odicial, de la doctora Romina Pino.
LAE, se presentó en horas de la noche del pasado 8 de noviembre en el domicilio conyugal en estado de ebriedad y sin mediar palabra comenzó a propinarle golpes de puño a su pareja, ocasionándole lesiones en el rostro, las que afortunadamente solo fueron de carácter leves, situación que lo llevó a ser responsable del delito de “Lesiones leves dolosas calificadas en función de la relación de pareja y mediando violencia de género” (art. 89 en función de los arts. 92 y 80 incs. 1º y 11º del Código Penal y arts. 4 y 5 de la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres), señalando la fiscal que existe certeza de los hechos necesaria en esta instancia.
A su turno, la defensora no se opuso a la pretensión de la Fiscalía, dando sus fundamentos, entendiendo que el motivo del pedido fiscal es el de entorpecimiento no el de fuga, que hay causa anterior respecto de la misma mujer.
Oídas las partes, la jueza resolvió disponer la prisión preventiva de LAE, en orden los delitos de “Lesiones leves dolosas calificadas en funcion de la relacion de pareja y mediando violencia de género (art. 89 en función de los arts. 92 y 80 incs. 1º y 11º del Código Penal y arts. 4 y 5 de la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres), por el plazo de 30 días, fijandose audiencia de revisión el último día hábil anterior al vencimiento del plazo y su alojamiento en dependencias de la Comisaría Primera.
