Dictaron la falta de mérito y liberaron a acusados de trata de personas

Un giro sorpresivo tuvo la causa iniciada a el 8 de noviembre pasado, luego de la detención de tres personas por supuesto delito de trata de personas, las que en las últimas horas fueron liberadas tras dictarse la falta de mérito.

La investigación fue dispuesta por la Fiscalía Federal de Concepción del Uruguay, de la doctora Josefina Minatta, que llevó a un procedimiento realizado por efectivos de la Prefectura Naval Argentina, que rescataron a cuatro personas que serían víctimas del delito de trata de personas, en un allanamiento realizado en la estancia La Palma, cercana a la localidad entrerriana de Humaitá, departamento Colón, tras lo cual quedaron detenidas tres personas por disposición del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, a cargo del doctor Pablo Seró.

Los involucrados eran Roland Lohner (dueño de la estancia), Miguel Edgardo Bell (encargado de la estancia)  y Rogelio Teixeira (contratista), a quienes se les imputó el haber acogido con fines de explotación a cuatro personas, una de ellas menor, de otra provincia, las que habrían sido contactadas y contratadas de hecho por Teixeira.

La denuncia:

De acuerdo a lo denunciado, a los damnificados los alojaron en casillas precarias, brindándole poca alimentación e incluso pasando días enteros sin que les acerquen alimentos, sin energía y el agua en malas condiciones y no le habrían pagado.

Por otra parte, se dijo que Lohner impartió directivas de trabajo a los supuestos damnificados y que Bell junto con Teixeira, eran los encargados de llevarles mercadería para alimentarse, cuestión en la que se demoraban varios días, siéndoles indispensable, razón por la cual para subsistir debían pescar en el río que se hallaba distante a unos 800 metros.

La denuncia señalaría que esto habría comenzado desde aproximadamente el 13 diciembre de 2020 y se prolongó hasta el día del allanamiento.

Investigación 

Desde su detención cuando se llevó a cabo un megaoperativo, con camiones lanchas y helicóptero, se empezó a ofrecer y producir prueba por parte de las Defensas, en el caso de Lonher y Bell, representados por los doctores Ostolaza y Sotelo; en tanto que a Teixeira, lo representan los doctores Robín y Mayoraz Díaz.

De esta manera, señalaron los defensores a 03442, se pudo determinar que prima facie no se puede acreditar los hechos imputados y mucho menos que haya el delito de trata con fines laborales, por consiguiente se ordenó la inmediata libertad de los imputados.-

Según lo explicado por los abogados, se demostró que los empleados podían salir y entrar de la estancia cuando querían, que tenían acceso a una red de wifi abierta, que tenían señal, es decir que no estaban incomunicados, que cobraran un sueldo digno, que salían en remis, que tenían un tractor a su disposición, que tenían mercadería y casillas para dormir, que tenían acceso a agua y comida.

La investigación sigue abierta y se ha dictado la falta de mérito, que podría llevar al sobreseimiento.

Es importante señalar que la falta de mérito significa que por el momento no hay elementos probatorios que los vinculen a los imputados con el delito que se está investigando, pero quedan relacionados a la causa por si más adelante surge alguna prueba que los vinculen, lo que de esa manera los llevaría a ser procesados.

En caso de no surgir ningún elemento probatorio en su contra, la Justicia deberá dictar el sobreseimiento, lo que los desvincularía de la causa definitivamente.