Presentaron la recusación a la fiscal Squivo en la causa El Mimeógrafo III

Las víctimas denunciantes en la causa El Mimeógrafo III, presentaron este martes en el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, la recusación a la fiscal María de los Ángeles Squivo. RECUSACIÓN

Los denunciantes sostienen que la fiscal dilató el desarrollo normal del debate y que la causa, llamativamente, se agilizó desde que asumió la fiscal Josefina Minatta.

Juan Carlos Romero, Juan Carlos Rodríguez, Cesar Román y Roque Minatta, por la participación acordada con patrocinio letrado de Sofía Uranga, Ana Lucía Tejera y Marcelo J. Boeykens, presentaron el incidente de recusación ante Tribunal Oral Federal, respecto de la fiscal Squivo, considerando una irregular actuación de esta funcionaria a lo largo de toda la causa en la que se investiga la responsabilidad del Luis Oscar Varela y Jorge Alberto Rodríguez como ex integrantes del grupo de tareas de la Policía Federal Argentina de la ciudad de Concepción del Uruguay, en distintos hechos vinculados al Terrorismo de Estado en el año 1976, y en general su actuación en todo el proceso de Verdad, Memoria y Justicia.

Es así que destacan “que las víctimas denunciaron a Varela y Rodríguez, pero la fiscal solo los sito como testigos en esa causa y nunca los llamó a indagatoria” y que la causa recién avanzó con la llegada de la nueva fiscal, doctora Josefina Minatta.

Los denunciantes entienden que la actuación de la fiscal en la causa fue contraria a las exigencias legales y a sus deberes funcionales desde sus orígenes, primero como fiscal instructora y luego como fiscal ante éste Tribunal, al no haber indagado a los hoy encartados junto al resto de los condenados en la causa N° 1960/10 caratulada: “HARGUINDEGUY, ALBANO EDUARDO Y OTROS S/, de los Sres. Cesar Manuel Román Yañez, Roque Edmundo Minatta, y Juan Carlos Romero” y ahora planteando sorpresivamente las inhibiciones de dos de los miembros de éste Tribunal Oral a menos de una semana de haberse fijado fecha para el debate oral.

La presentación de la víctimas marca en una parte que la doctora Squivo “en una suerte de arrebato de garantismo o institucionalismo plantea que dos de los tres jueces debían inhibirse, aun cuando las defensas no habían recusado a los magistrados, pues era muy difícil dudar de la imparcialidad de jueces de la trayectoria de Carnero y Gallino”.

El petitorio cierra:

  • Nos tenga por presentados, por impetrada recusación fiscal.
  • Oportunamente se haga lugar a la recusación planteada y se designe nuevo/a fiscal/a para el juicio oral.
  • Para el hipotético supuesto que no se haga lugar a la recusación impetrada, dejamos planteada reserva federal promover recurso extraordinario por afectación de las garantías constitucionales de defensa en juicio y al debido proceso (arts. 18 y 19 CN) y por arbitrariedad ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (artículo 14 de la Ley 48).