Lo miran desde Rincón de Urquiza: La Corte Suprema rechazó el pedido de Amarras y deberá desmantelar el barrio

Es una buena noticia para aquellos que a diario pelean por el cuidado del medio ambiente, no solo en Gualeguaychú, sino en toda la provincia. Esto puede ser fundamental para lo que se genera a partir del intento al emprendimiento “Rincón de Urquiza”, que se pretende desarrollar en los humedales al norte de Concepción del Uruguay. 
A partir de esta nueva resolución, la causa Amarras del Gualeguaychú se considera cosa juzgada, y se deberá avanzar en el plan de recomposición ambiental ordenado por la Corte.
Tras varios años de conflicto, la Corte Suprema de la Nación rechazó el pedido de la empresa Amarras para que se revea la sentencia.Con esta decisión, esa firma deberá recomponerse la situación ambiental del lugar tal como en su momento lo dispuso la Justicia entrerriana. Este fallo pone punto final a las medidas interpuestas por la empresa Altos de Unzué y el Municipio de Pueblo General Belgrano para que se pudiera erigir el barrio náutico en la rivera del humedal del río Gualeguaychú.

La Justicia entrerriana había ordenado la “demolición y desmantelamiento” del barrio Amarras de Gualeguaychú al contemplar un “impacto negativo sobre el medio ambiente”, y se ordenó “dejar la zona en su estado anterior”.Finalmente, la Corte Suprema consideró el caso como cosa juzgada y dio la razón a Luis Majul, al abogado que denunció la afectación del humedal. A partir de este fallo, en los próximos 180 días se deberá desmantelar todo lo edificado y restaurar lo afectado sobre la costa del río.

En la resolución de la Corte Suprema de solo dos carillas se expone que «Majul, Julio Jesús c/ Municipalidad de Pueblo General Belgrano s/ acción de amparo ambiental”, que los recursos extraordinarios son inadmisibles. Por ello, se desestiman los recursos extraordinarios con costas».

FuenteR2820