La transferencia de un jugador de futbol es el cambio o pase de un jugador de club a club.
Se denomina transferencia porque la primera denominación que se adoptó para el cambio de equipo en Inglaterra se denominó transfer, esto ocurrió en la Inglaterra Victoriana antes de la llegada del profesionalismo.
Los países del mundo sin distinciones utilizaron el sistema ingles que se denominó “ley candado” o “derecho de pase” dejar librada la voluntad de cambiar de club a exclusiva voluntad del club dueño de los derechos federativos.
Tenemos qué diferenciar aquí los derechos federativos que son los que nacen con la inscripción registral del jugador, de los derechos económicos que son la proporción o porción del pase que poseen personas físicas o jurídicas sobre el jugador, los derechos federativos son exclusivos, mientras los derechos económicos pueden pertenecer a varias personas.
Nosotros vamos a referirnos en esta columna a la transferencia del jugador amateur, destacando que es muy diferente la transferencia de jugadores profesionales reguladas por el estatuto profesional del jugador, el reglamento de AFA y la regulación laboral del contrato de trabajo.
Los jugadores que forman parte del fútbol organizado son aficionados o profesionales.
Un jugador profesional es aquel que tiene un contrato escrito con un club y percibe un monto superior a los gastos que realmente efectúa por su actividad futbolística. Cualquier otro jugador se considera aficionado.
El jugador amateur encuentra regulación de su transferencia o pase en el reglamento de transferencias interligas del consejo federal de futbol. De allí se extraen las normas que luego las ligas federadas toman para sus respectivos torneos.
La primera cuestión que hay que resaltar que la transferencia es un acto jurídico bilateral es decir es un acto jurídico que requiere para su conformación, el consentimiento de dos o más personas. Concretamente para realizar una transferencia se requiere el consentimiento de tres personas.
Los protagonistas son el club originario que posee los derechos federativos del jugador. El club de destino que es que desea contar con los servicios del jugador y El futbolista que desea jugar en un nuevo club dejando el club de destino.
Ninguna transferencia se puede realizar sin el acuerdo de estas tres voluntades.
Como se concreta la transferencia el jugador que inscripto en un club desea jugar en otro club deberá solicitar la transferencia a la liga a la que pretende ingresar debe contar denominación del club y de la liga en las que figura inscripto y la del club en que desea seguir jugando, la solicitud se realiza por duplicado con firma. Fecha y lugar de nacimiento. Y el DNI del jugador.
La transferencia se puede realizar con tramite postal carta certificada con aviso de retorno, se puede realizar en mano con constancia fehaciente de fecha, con tramite fax o carta documento.
La liga que recibe el pedido deberá recabar la conformidad del club afiliado a fin de que de manera categórica conceda o deniegue transferencia, el tiempo de respuesta no podrá exceder los once días contados a partir de notificación, caso contrario el jugador será concedido al otro club.
Transferencias que no pueden ser denegadas la de los jugadores que pertenecen a clubes que perdieron la afiliación, si pertenecen a clubes que no participan en la liga año calendario, el jugador que tiene la libertad de acción firmada por autoridades actuales. O aquel jugador que no firmo planilla en dos años consecutivos.
Los pases de club a club dentro de la misma liga se denominan interclubes y están sujetos a reglamentación de cada liga, que no debe contradecir los aspectos generales del reglamento de transferencias interligas.
Encontramos a menudo ligas que permiten el doble fichaje del jugador a sabiendas del error que cometen ,el ejemplo más común es permitir jugar al jugador en torneo Copa Entre Rios para un equipo destino ,del que juega en el torneo local, esto es impropio de una liga organizada y afiliada al consejo federal ,porque en definitiva el derecho federativo es uno solo y el jugador solo puede estar fichado en un solo club en un momento determinado ,esta simultaneidad es muy común en algunas ligas del interior.
EL CASO DE LOS TORNEOS NO OFICIALES
Tenemos que tener en cuenta que a la hora de jugar un torneo lo relevante ,y lo que importa en el derecho de transferencia ,es que el pase o transfer se firme con el acompañamiento de los clubes y de la liga, la importancia de la firma y sello del presidente y secretario de la liga es dar la fe ,para que ese jugador ceda se derecho federativo, luego si juega un torneo oficial o no oficial a razón del derecho federativo no es relevante, tendrá si su importancia para el juzgamiento distintivo del tribunal de penas, más no para la posibilidad de abstraerse del pase de los jugadores.
CARÁCTER DE LAS TRANSFERENCIAS.
Se puede solicitar transferencia de carácter definitivo o a prueba con opción o sin opción.
Las definitivas deben contener ese aspecto en la transferencia.
Las a prueba deben establecer fecha cierta señalando dia.mes. Año que en ningún caso podrá exceder de 365 días.
Las transferencias a prueba pueden ser hasta la finalización de un determinado torneo, el convenio es por quintuplicado suscripto por los dos clubes, jugador y las dos ligas (se guarda copia para cada uno)
Es importante destacar que cualquier faltante de formas en el pase o transferencia hace que este carezca de validez determinando que esto sea un acto inexistente.
La falta de firma del jugador es determinante para que el pase carezca de validez.
La falta de firma de presidente o secretario o de sus sustitutos autorizados hace que el pase no genere efectos,
LA CUESTION DE DOS O MAS PASES EN EL MISMO AÑO
Un jugador puede estar inscrito en un solo club al mismo tiempo (derecho federativo)
Los jugadores pueden estar inscritos en un máximo de tres clubes durante una temporada. Durante este periodo el jugador es elegible para jugar partidos oficiales solamente por dos clubes. Como excepción a esta regla, un jugador que juega en dos clubes pertenecientes a asociaciones cuyas temporadas se crucen (es decir, donde la temporada comience en el verano/otoño mientras la otra comience en invierno/primavera) puede ser elegible para jugar partidos oficiales en un tercer club durante la temporada que corresponda, siempre que haya cumplido cabalmente sus obligaciones contractuales con sus clubes anteriores.
En cualquier caso, se tendrá en cuenta la integridad deportiva de la competición. En particular, el jugador no será elegible para jugar en partidos oficiales por más de dos clubes durante la misma temporada en el mismo campeonato nacional o copa, a reserva de estipulaciones más rigurosas en los reglamentos individuales de competiciones de la asociación miembro.
LA LIBERTAD DE ACCION DEL JUGADOR POR FALTA DE FIRMA DE PLANILLA.
La pandemia trajo como correlato el párate del futbol por casi dos años y en definitiva dos años son los que le permiten al jugador quedar en libertad de tramitar su pase sin la posibilidad que el club se lo puede denegar. Art 20 del reglamento de transferencias interligas inciso e) que por un periodo sin interrupciones no menor de dos (2) años hayan dejado de jugar en equipo del club en que figuran inscriptos.
Esta situación hoy es materia de debate en ligas del interior, en mi caso considero que en la medida que este artículo no sea derogado por la autoridad competente rige de pleno derecho.
LA LIBERTAD DE ACCION CONCEDIDA POR LOS CLUBES.
La consulta básica es que si el jugador tiene la libertad de acción extendida por el club que posee los derechos federativos ,ya está en condiciones de jugar sin obtener la transferencia o de no tramitar el pase, este error es muy común en muchas ligas del interior,
El artículo 20 del RTI brinda la respuesta -No podrán ser denegadas las transferencias que solicitaron los jugadores: y en su inciso d )que hayan sido liberados del compromiso contraído por el club en que figuran inscriptos y de cuya resolución el jugador posea constancia escrita, firmada por las autoridades del club (Presidente y Secretario o sustitutos estatutarios); para lo cual tal constancia tendrá vigencia mientras se mantengan en el cargo los firmantes de la liberación.
Como RESPUESTA miremos el art 21 del RTI La circunstancia que un jugador se encuentre comprendido en alguno de los casos previstos en el art. 20° no lo eximirá de la obligación de solicitar su transferencia, antes de inscribirse y actuar en otra Liga, solicitud que se tramitará con estricta sujeción a las disposiciones de este Reglamento y en la que constará en que inciso del art. 20° declara el jugador estar comprendido. No constando este dato, se considerará que la transferencia se solicita en forma definitiva, y que el jugador renuncia a los beneficios que le acuerda el mismo.
CONCLUSION
Observamos que los clubes prestan mucha atención al armado de los equipos, pero no colocan demasiada atención en la transferencia y las formas de realizar los pases y esto es un hecho fundamental para la transferencia del jugador.
Nadie se engaña a si mismo sin constituir grave negligencia