El Sistema Comet

El futbol del interior se capacita nuevamente para poder solucionar el problema de la carga virtual de los jugadores de cada club ,este hecho que parece nuevo ,no lo es, desde el año 2015 que AFA y el consejo Federal de futbol vienen intentando que las ligas utilicen de forma adecuada el sistema.

La teoría, termina chocando de frente con la realidad, la mirada en el sistema COMET, esta observada desde Capital Federal o en todo caso desde ligas con secretarios rentados y con sistemas operativos capaces de organizar a cada paso el registro de jugadores. En el interior del país nos encontramos con situaciones diferentes, ligas que no poseen computadoras, ni sistemas para poder realizar operaciones que requieren de conocimientos de expertos, ligas que no poseen lugares físicos para poder trabajar la persona que se debe capacitar.

Es claro y contundente que la demora en el registro de jugadores al COMET es producto de estas falencias estructucturales que tiene cada región y cada liga.

QUE ES EL COMET

Es un sistema experto que se aplica por medio informático (Software) para la gestión administrativa y deportiva, como el registro de jugadores, entrenadores, directivos, árbitros, clubes, escenarios deportivos, transferencias nacionales e internacionales y también para el desarrollo de las competiciones. Este sistema tiene su origen en el año 2003 en la Federación Croata de Fútbol

COMET consta de una plataforma multiusuario, lo que significa que puede ser accedido por miles de usuarios simultáneamente, además que se puede ejecutar desde cualquier plataforma o sistema operativo e igualmente desde cualquier dispositivo como computadores, celulares, tablets, etc.

Está avalado y autorizado por la FIFA (Federación Internacional de Fútbol Asociado) para desarrollarse e implementarse en todas las federaciones de fútbol del mundo entero, ya que lo que se pretende con este, es tener un registro (Código) único mundial de todos los movimientos que se haga en el fútbol en lo que tiene que ver con las transacciones y registro de jugadores, entrenadores, administrativos, competencias etc.

UTILIZACION EN EL FUTBOL ARGENTINO

La AFA mediante el boletín N°5392 creo la Dirección del COMET para efectuar el seguimiento y su aplicación, resolución de fecha 18 de septiembre de 2017,

DEL REGISTRO DE JUGADORES

El Registro de Jugadores deberá recibir por parte de los Clubes las Fichas /Constancias que el COMET le permite imprimir a cada Club por cada uno de los jugadores “Entrados” y la documentación respaldatoria (Ficha médica y DNI -frente y dorso-).

Con toda esa documentación procederá a confirmar que los datos hayan sido bien ingresados en el COMET.

Si todo fue ingresado de manera correcta y no se encuentra pendiente la tramitación de una transferencia el Registro de Jugadores procederá a validar a los jugadores y a partir de ese momento los mismos resultan elegibles para ser incluidos en las Listas de Buena Fe de cada Club para poder participar de los respectivos campeonatos.

Los jugadores así validados revisten el carácter de “VERIFICADOS”.) Si algún dato no resultó correctamente cargado en el COMET el Registro de Jugadores le regresará la documentación al Club para que efectúe la corrección, reiterándose el procedimiento anterior.

Una vez cumplidas las condiciones reglamentarias necesarias se procederá a validar al jugador en su nuevo Club, quien recién entonces se encontrará Verificado y podrá ser incluidos en las Listas de Buena Fe de cada Club.

Si alguno de los jugadores incluidos no revistiese la condición de “Verificado” no podrá ser incluido en la Lista de Buena Fe.

 

OBLIGACIONES GENERALES DE LOS USUARIOS

  1. Los usuarios (Clubes, Ligas y AFA, a través de sus referentes designados) deberán actuar de buena fe.
  2. Los usuarios son responsables de asegurarse de que disponen del equipo necesario para cumplir con sus obligaciones.
  3. Capacitación y conocimiento.

Es responsabilidad de la AFA capacitar a los usuarios del Sistema COMET.

Las Ligas, los Clubes y la AFA nombrarán referentes responsables del manejo del COMET capacitados para trabajar con el sistema y, de ser necesario, se encargarán de capacitar a una persona que sustituya al responsable del COMET de manera que las Ligas, los Clubes y la  AFA estén siempre en condiciones de cumplir sus obligaciones en el sistema.

  1. Es obligación del Consejo Federal y de las Ligas, mantener actualizados sus propios datos(inscripción en el Registro de Personas Jurídicas pertinente, estatutos, autoridades, datos de contacto completos, etc., y demás datos que exija el sistema.

Esto incluye también cargar en el COMET los documentos obligatorios que respalden la  información introducida al sistema.

La información deberá suministrarse dentro de los diez días hábiles siguientes al momento en que se adopten o de producidas las modificaciones a las mismas.

COMPETENCIA Y JURISDICION.

Corresponde a las comisiones disciplinarias de los organismos deportivos según las competencias señaladas -ya sea en competiciones organizadas por la AFA o por el Consejo Federal- conocer y resolver las faltas y violaciones cometidas a este Reglamento por los usuarios,sus referentes, jugadores y demás oficiales.

CONCLUSION

El sistema COMET intenta ser el gran mecanismo de AFA y el consejo Federal para todo lo relativo a fichaje de todos los protagonistas del deporte y para poder dar certeza a todas las cuestiones que se susciten con respecto a los derechos de formación y/o controversias que se puedan plantear en el pase de un jugador.

El gran problema que atravesamos en el interior es la falta de estructura de las ligas y que además el sistema anterior tenía un componente material del 100 por ciento, es decir el papel de fichaje de jugados son miles de expedientes que forman parte de la vida misma de las ligas y de los clubes.

La pregunta más común que se hace por estos días es la capacidad probatoria del COMET y más allá de la opinión de los expertos,nosotros humildemente seguimos sosteniendo que es una prueba imperfecta y que constituye una semi-plena prueba, Es de naturaleza de presunción IURIS  TANTUM ,acepta prueba en contrario, consideramos que el boletín 5770 de AFA que regulas la aplicación del  COMET da la respuesta cuando se refiere a la amplitud probatoria.

En nuestra opinión ante una protesta formulada por un jugador mal incluido y la prueba es la ubicación en el COMET, esta prueba cede si el documento en papel refiere otra cosa.

Observo en el futuro un cambio en esto, si por supuesto que si, pero que como todos los cambios necesitan tiempo, y creo que se perdió un tiempo precioso en esta pandemia ,donde no hubo deportes, para capacitar y catrgar datos en el sistema COMET.

Por Dr. Fernando Spiazzi