Zonas de seguridad habilitadas para las prácticas de deportes náuticos

La Prefectura Concepción del Uruguay informa que acorde la DI-2019-32-APN-CURU#PNA las zonas de seguridad habilitadas para la práctica de deportes náuticos.

Navegación a vela, windsurf, kitesurf

Franja paralela contigua el canal principal del rio Uruguay, entre el km 192 (extremo sur isla Almirón Grande) y el km 187,5 (100 mts. al norte de la boya de bifurcación) y entre km 184,8 (al este de la isla Cambacua) y aproximadamente el km 182 (al este de isla Garibaldi), en cualquier sentido, debiéndose realizar en forma paralela a los balnearios, quedando prohibido, por razones de seguridad, hacerlo en forma transversal.

Para la aproximación a la costa, esta debe hacerse siempre fuera del boyado de seguridad de los balnearios y a maniobra controlada.

Sky acuático, motos de agua, jet ski y embarcaciones de alta velocidad (con propulsión mecánica)

Canal secundario del rio Uruguay (canal de la Cambacua) comenzando aproximadamente 2.000 mts. Hacia el sur desde el Faro Stella Maris (aguas abajo de playa sur de la Isla del Puerto) hasta la desembocadura del Arroyo La China (frente a la punta sur de la Isla del Puerto) y, desde aproximadamente 100 mts. al norte de la boya de bifurcación (canal de acceso exterior) en dirección aguas arriba hasta la punta sur de la Isla Almirón Grande.

Frente a las zonas de balnearios habilitados (Paso Vera, Banco Pelay e Isla del Puerto), deberán desplazarse a velocidad reducida fuera de la zona de boyado previsto para embarcaciones a remo (boya roja/naranja), siempre en forma paralela al mismo, quedando prohibido, por razones de seguridad, hacerlo en forma transversal.

Para la aproximación a la costa, esta maniobra debe hacerse siempre fuera del boyado de seguridad de los balnearios y a la mínima velocidad de maniobra.

Canotaje y botes a remo

Riacho Itapé en cualquier sentido, preferentemente sobre la margen izquierda; sobre la costa de la Isla del Puerto, con la precaución de hacerlo alejado de los muelles comerciales y buques mercantes amarrados en el puerto local; en el canal secundario (canal de la Cambacua) en cualquier sentido, preferentemente sobre la margen derecha, Isla del Puerto en toda su extensión, a no más de 50 mts de la costa.

En las zonas de balnearios habilitados (Paso Vera, Banco Pelay e Isla del Puerto), con la mesura de hacerlo fuera de la zona de boyado para bañistas (boyas amarillas) y dentro del boyado previsto para embarcaciones a remo (boya roja/naranja).

Toda persona que conduzca o navegue en embarcación propulsada a remos (bote, canobote, kayak, piraguas, etc.) deberá llevar colocado el chaleco salvavidas que será de uso obligatorio en jurisdicción de la Prefectura Concepción del Uruguay.

Asimismo se recuerda que actualmente la navegación deportiva por decreto del municipio local se encuentra habilitada entre las 0700 y 2100 horas.