En audiencia desarrollada este miércoles en la Sala Penal de Concepción del Uruguay, presidida por la vocal Evangelina Bruzzo, se presentó la apelación de la Fiscalía de Colón, a cargo del doctor Alejandro Perroud, contra lo dispuesto el lunes por la jueza de Garantías de Colón, doctora Natalia Céspedes, que benefició con medidas morigeradas a los seis detenidos por el brutal crimen de Pascual Enrique Viollaz (82), ocurrido el lunes 25 de mayo en Villa Elisa.
La jornada tuvo como particularidad, las palabras y argumentos usadss en los alegatos de las partes, apuntando contra la resolución de la jueza colonense (en el caso del fiscal) y contra este y el Ministerio Público Fiscal, por parte de los defensores, doctores José Peluffo y Sebastián Arrechea.
La Fiscalía
Concedida la palabra al doctor Perroud, este se mostró sorprendido y molesto por el cambio radical en la postura demostrada desde el inicio de la causa, al señalar que los beneficios otorgados a los acusados se dan en un contexto en el cual no hubo modificaciones en los riesgos procesales, si bien no podrían entorpecer la investigación, ya que esta está llegando a su fin, para el fiscal hay claramente riesgos de fuga ante la posibilidad de las penas a las que podrían llegar en juicio oral.
Perroud consideró que ninguno de los imputados está dispuesto a purgar una condena de más de 10 años de prisión, resaltando que en el caso de Grantón, Larrosa, Herling y Castro, ya pasaron varios años de sus vidas en la cárcel, recordando que Amaro violó el arresto domiciliario impuesto en esta causa al ser hallada con amigos en la zona del Balneario o Larrosa que cuando fueron a detenerlo no se hallaba en el domicilio donde purgaba una prisión domiciliaria. Respecto a Grantón señaló que este cambió su celular después del hecho y Castro con Herlíng destruyeron el chip y tiraron el celular, incluso intentaron deshacerse del auto en el cual fueron a Villa Elisa el día del robo y crimen.
El fallo carece de fundamentación
El fiscal se mostró visiblemente contrariado por lo dispuesto en garantías y destacó que el fallo carece de fundamentación, ya que la situación no varió y siempre se valoró que existían riesgos solo controlables con la prisión preventiva, explicando que la causa lleva 7 meses, plazo razonable si además se tiene en cuenta el contexto de pandemia y faltando tan poco para ir a juicio, esto pone en riesgo que los acusados lleguen a la audiencia, asegurando que se llegará al juicio con “armas” suficientes para una condena.
“Resulta incomprensible que a esta altura y sin modificaciones, se venga a beneficiar a los imputados, que prácticamente se van obsequiados con morigeraciones más que significativas, que ni los mismos imputados y sus defensores, se esperaban y que la jueza entendió que (si bien no hubo variaciones en la situación) hay una disminución del riesgo procesal porque la investigación está agotada. Tal como está la situación, se mantiene el riesgo de fuga, pero los beneficia a todos de una manera irracional y desproporcionada”, explicó en su alegato.
También reclamó por la libertad de Grantón, a quien se los sindica como pieza fundamental para concretar el hecho y que estaba con prisión domiciliaria por un caso anterior y se lo benefició para estar en su domicilio con alguna reglas irrisorias y la caución de 150 mil pesos, suma notoriamente inferior a la robada a la víctima (50 mil dólares) y la libertad de González con caución solo por no tener antecedentes, pero la letra de la encomienda usada para entrar a la casa de Viollaz, era de González.
Respecto a Castro, Herling y Larrosa, señaló que “se los beneficia con prisión domiciliaria con tobillera, como si eso garantizara que van a permanecer, si estamos con gente que tienen vocación para incumplir el arresto domiciliario. Estas son personas que ni los vecinos quieren que estén en sus domicilios, pero en el caso de Castro, no tiene domicilio, ya que (con dos condenas) figuraba su lugar de alojamiento en la UP4 y vivía al momento de su detención, como guardaespaldas y ladero de Herling. Ellos cuentan con dinero para financiar una fuga, ya que el botín no apareció nunca”, narró Perroud.
Comunidad de Villa Elisa
Siguiendo su extenso alegato, el doctor Perroud dijo que “Yo confío su Señoría, en que Uds. que conoce la jurisdicción, comprenda que este es un hecho que para una localidad como Villa Elisa, considerado como el más relevante en su historia y el 90 por ciento de esa comunidad, está pendiente de este caso y lo que está pasando genera estupor. Ver a Grantón en libertad, será algo que conmociona a la gente. Qué le vamos a decir al potencial integrante del futuro Jurado que lo va a ver libre y a comprar el pan?. Qué mensajes les estamos dando?”
Día de los Inocentes
El fiscal apuntó al fallo de Garantías, y pidiendo disculpas, dijo textualmente “Este fallo del 28 de diciembre, parece una mala broma del Día de los Inocentes. ¿Vale la Pena poner en tela de juicio ante la sociedad en trabajo realizado, con una pulsera electrónica, que no impide que alguien se fugue. Perdonen mi tono ofuscado, pero a mí también me causa estupor esta resolución a un paso de ir a juicio y que será la primera en ir a un Juicio por Jurado. Esta resolución reciente mucho el trabajo de los judiciales, no tiene fundamentos e irrita, por lo que solicito se revoque el fallo y se mantenga las medidas”, finalizó.
El defensor Peluffo
A su turno el defensor de Amaro, Costa, Herling, González y Larrosa, cuestionó el pedido fiscal y apoyó plenamente lo resuelto por la doctora Céspedes, contemplado en el artículo 349, que contempla las medidas sustitutivas a la prisión preventiva, primando la libertad del imputado en todo proceso.
El defensor aseguró que lo resuelto fue lo correcto y que la jueza mantuvo la prisión de sus clientes y lo que hizo fue morigerar esa medida imponiendo el arresto domiciliario con otras medidas cautelares y la libertad bajo caución a González, resaltando el letrado que debe primar el principio de inocencia de las personas, hasta una sentencia firme.
Peluffo hizo referencias a diferentes casos y acuerdos como ejemplos, para sostener su postura y dar solidez a lo dispuesto en Garantías de Colón.
“A esta altura, al quedar reducido los riesgos al peligro de fuga, este se puede neutralizar con medios menos gravosos como los medios electrónicos que recién se concretarán cuando se consigan las tobilleras que hoy no tiene el Estado y además el fiscal tiene las herramientas para tomar medidas en casos de incumplimientos”.
Así el doctor Peluffo, que se mostró molesto con algunas versiones periodísticas que a su criterio pueden confundir a la gente, respecto a la libertad de sus asistidos, solicitó se mantenga firme el fallo de Garantías.
El defensor Arrechea
El último en alegar fue el doctor Sebastián Arrechea, defensor de Grantón, quien aclaró que no iba a basar sus palabras en fallos anteriores o doctrinas, pero destacó su sorpresa al ver que “Está cabalmente demostrado que el Ministerio Público Fiscal se ofusca o se poner nervioso cuando no le hacen lugar a la prisión preventiva. Lo cierto es que el Ministerios Público Fiscal, tiene la costumbre de arraigada de hacer valer lo que en el pronóstico de la probabilidad positiva en el caso, volcarlos a los riesgos procesales. Ya se habla como probada su teoría en el caso y sin esperar el juicio. Dan por cierto evidencias que deben ser prueba en juicio y la transfieren a los riesgos procesales”.
Tras varios minutos de alegato, el defensor sostuvo que la Fiscalía mantiene los mismos argumentos y traslada a las Defensa la obligación de llevar pruebas, manteniendo certezas en una etapa en la que no corresponde, convencido de que el imputado será condenado.
Por todo esto, el defensor solicitó se prime el derecho de su cliente a la libertad en proceso y se mantenga el dictamen de la doctora Natalia Céspedes.
El fallo de la doctora Evangelina Bruzzo se conocerá en las próximas horas.