En la redes se está dando a conocer la liberación de un hombre que estaba cumpliendo condenas por abuso sexual, sentencia que la aplicó la Justicia neuquina, tras declararlo culpable en el año 2017, condenándolo a 6 años de prisión. Según las denuncias, este vendía a radicarse nuevamente a La Histórica.
Se trata de Sergio Benjamin Rogatky, oriundo de Concepción del Uruguay, ex vicepresidente de la Federación de Atletismo de Neuquén, entrenador de atletas que fuera denunciado por cinco abusos y condenado, destacándose que sus víctimas eran menores de edad y practicaban atletismo con él.
Este sujeto se desempeñó toda su vida como profesor de educación física y entrenador de atletismo y las denunciantes aseguraban que los abusos fueron muchos más a otras atletas que no se animaron a decir lo que les pasó.
Según se pudo saber, el 6 de agosto de 2020 le concedieron la libertad condicional hasta el año 2023, luego de 3 años y medio de estar preso, asegurando que cambiaría de domicilio para radicarse en Concepción del Uruguay.
Quienes fueron víctimas, todas de Chos Malal y sus alrededores, decidieron hacer conocer esto por la redes y alertar.
La condena
La justicia condenó al profesor Sergio Rogatky a la pena de 6 años de prisión de cumplimiento efectivo y a 12 años de inhabilitación para ejercer la docencia por considerarlo responsable del delito de abuso sexual simple, agravado por su condición de educador, delito continuado y reiterado en el caso de 5 jóvenes adolescentes y doblemente agravado por el daño en la salud de 2 de las víctimas (señalaron colegas de la Web Río Negro).
El caso del profesor conmocionó a la localidad y tanto las víctimas, como sus padres, amigos y vecinos fueron protagonistas de varias marchas reclamando justicia por los casos de abuso sexual del que habían sido víctimas cinco adolescentes, a quien el docente entrenaba en distintas disciplinas deportivas.
Abogado penalista
Ante esto, 03442 consultó al doctor Sebastián Arrechea, conocido abogado especializado en Derecho Penal, quien se refirió a la situación sobre este caso “Es importante destacar que todo condena se somete a un régimen progresivo de la pena que está en la Ley 24660, que consta de 4 períodos. El primero de observación, segundo de tratamiento, de prueba y finalmente de libertad. Si el condenado cumplió con todos los requisitos subjetivos y objetivos, sí estuvieron los informes pertinentes del equipo técnico interdisciplinario del Juzgado, si el cuerpo criminológco y el director de la unidad penal donde cumple la condena emitió el informe y si las calificaciones de concepto y conducta dan bien, es parte del cumplimiento del período de libertad. Esto es el régimen progresivo de la condena, porque la finalidad de esta es la resocialización del sujeto”.