El acoso laboral, también conocido como “mobbing”, es definido por los tribunales como “toda situación o conducta que, por su reiteración en el tiempo, por su carácter degradante de las condiciones de trabajo y por la hostilidad o intimidación del ambiente laboral que genera, tiene por finalidad o como resultado atentar o poner en peligro la integridad del trabajador”.
Esto es algo que ocurre pero que muchas veces para desapercibido, porque quienes lo padecen no lo hacen conocer, ni denuncian por el simple temor perder su trabajo.
En época de pandemia, donde trabajadores en muchos casos viven en una incertidumbre total, la situación se agrava cuando algunos empleadores, jefes o gerentes, se abusan de su autoridad y hostigan a un empleado, ya sea por problemas personales o buscando someterlo, dejando solo como alternativa, que decida renunciar.
Problemas que presenta la denuncia por acoso laboral: dificultad probatoria
Como regla general, la parte que alega unos hechos tiene la obligación de acreditar que los mismos son ciertos. La excepción a dicha regla lo constituyen los casos de vulneración de derechos fundamentales en los que se invierte la carga de la prueba. En los casos de denuncia por acoso laboral el trabajador tendrá que aportar indicios de la existencia de dicho acoso y será la empresa la que tenga que acreditar que existe una justificación objetiva y razonable de las conductas llevadas a cabo o de las medidas adoptadas.
¿Cómo comprobar maltrato laboral?
El principal problema al que se enfrenta el trabajador acosado es el de acreditar los hechos y conductas que constituyen el acoso, ya que uno de los rasgos característicos del acoso es que se lleva a cabo con la apariencia de una absoluta normalidad y sin prácticamente nunca dejar rastro por escrito.
Además de las grabaciones y de los whatsapp, el trabajador cuenta también con otros medios de prueba, que se podrían denominar como “clásicos”.
Entre estos se encuentran el interrogatorio de la persona acosadora, la declaración del trabajador acosado, la declaración de testigos o el informe pericial médico.
Los 6 tipos de mobbing o acoso laboral
El acoso en el lugar de trabajo puede adoptar distintas formas y expresiones.
- Acoso laboral según la posición jerárquica
Dependiendo de la posición jerárquica, el mobbing puede ser:
1.1. Mobbing horizontal
Este tipo de mobbing se caracteriza porque el acosador y la víctima se encuentran en el mismo rango jerárquico. Es decir, que suele darse entre compañeros de trabajo, y las repercusiones a nivel de psicológico para la víctima pueden ser devastadoras.
Las causas de este tipo de acoso laboral pueden ser muchas y variadas, aunque las más comunes son: para forzar a un trabajador a conformarse con determinadas normas, por enemistad, para atacar al más débil, por las diferencias con la víctima, o por falta de trabajo y el aburrimiento.
1.2. Mobbing vertical
El acoso laboral vertical recibe este nombre porque o bien el acosador se encuentra en un nivel jerárquico superior a la víctima o se encuentra en un nivel inferior a ésta. Por tanto, existen dos clases de mobbing vertical: ascendente y descendente.
- Mobbing ascendente: Ocurre cuando un empleado de nivel jerárquico superior es atacado por uno o varios de sus subordinados.
- Mobbing descendente o bossing: Ocurre cuando un empleado de nivel jerárquico inferior recibe acoso psicológico por parte del uno o varios empleados que ocupan posiciones superiores en la jerarquía de la empresa. Tal y como hemos visto en el caso de Cristóbal, puede llevarse a cabo como estrategia empresarial para conseguir que el trabajador acosado abandone la empresa.
- Acoso laboral según el objetivo
En función de los objetivos que el hostigador pretenda conseguir con el mobbing, este puede clasificarse de la siguiente manera:
2.1. Mobbing estratégico
Este es un tipo de acoso descendente o “institucional”. Se caracteriza porque el mobbing forma parte de la estrategia de la empresa, y el objetivo suele ser que el acosado rescinda su contrato de forma voluntaria. De esta manera, la empresa no tiene que pagarle la indemnización que le correspondería por despido improcedente.
2.2. Mobbing de dirección o gestión
Este tipo de mobbing es llevado a cabo por la dirección de la organización, generalmente por varios motivos: para prescindir de un trabajador poco sumiso, para llegar a situaciones de esclavismo laboral o para acabar con un trabajador que no se ajusta a las expectativas del jefe (por ejemplo, por estar demasiado capacitado o para dejarle en evidencia).
Además, este tipo de acoso laboral puede realizarse para maximizar la productividad de la empresa a través del miedo, empleando amenazas reiteradas de despido en caso de no cumplir los objetivos laborales.
2.3. Mobbing perverso
El acoso laboral perverso hace referencia a un tipo de mobbing que no tiene un objetivo laboral, sino que las causas se encuentran en la personalidad manipulativa y hostigadora del acosador. Es un tipo de mobbing muy perjudicial porque las causas que producen el acoso no pueden solucionarse implantando otras dinámicas de trabajo mientras la persona que acosa siga en la organización o no sea reeducada.
Este tipo de acosador suele llevar a cabo el mobbing frente a la víctima, sin testigos. Es muy seductor y rápidamente consigue la confianza de los demás. Es habitual que el mobbing perverso sea un mobbing horizontal o ascendente.
2.4. Mobbing disciplinario
Este tipo de mobbing se emplea para que la persona acosada entienda que debe “entrar en el molde”, porque si no lo hace será castigada. Pero con este tipo de acoso no solo se infunde miedo en las víctimas, sino que también advierte a los demás compañeros de lo que podría sucederles de actuar así, creando un clima laboral en el que nadie se atreve a llevar la contraria al superior.
También se emplea en contra de esas personas que tienen muchas bajas laborales, mujeres embarazadas, y todos aquellos que denuncian el fraude de la institución (por ejemplo, el contable que presencia sobornos por parte de la empresa).
Consecuencias psicológicas y laborales
Lento deterioro de la confianza en sí misma y en sus capacidades profesionales por parte de la víctima. Proceso de desvaloración personal. Desarrollo de la culpabilidad en la víctima (la propia familia suele cuestionarla sobre su comportamiento). Creencia de haber cometido verdaderamente errores, fallos o incumplimientos. Somatización del conflicto: enfermedades físicas (por ejemplo, dolor de cabeza o síndrome del intestino irritable). Insomnio, ansiedad, estrés, angustia, irritabilidad, hipervigilancia, fatiga, cambios de personalidad, problemas de relación con la pareja, depresión. Inseguridad emocional, torpeza, indecisión, conflictos con otras personas e incluso familiares. Mella en la autoestima. Trastorno por estrés agudo. Bajas laborales que el acosador suele aprovechar contra el trabajador, acusándolo de bajo rendimiento.5
Otras consecuencias:
Agresividad de la víctima con la familia. Aumento de la conflictividad con la familia. Aumento de las enfermedades de los hijos y problemas escolares. Retraimiento con la familia y amigos. Abandono de los amigos y rechazo por parte del entorno de la víctima, cansados de la «obsesión» con el problema laboral. «No te quejes, que nosotros no estamos mejor: el «puteo» va con el sueldo». Falta de apoyo de los familiares ante los intentos de la víctima de hacer frente a la situación, legal o psicológicamente. Estigmatización social en los sectores de actividad laboral próximos.6
Fuentes consultadas: https://psicologiaymente.com/
https://es.wikipedia.org/wiki/Wikipedia:Portada
