Caseros: HABILITACIÓN REUNIONES FAMILIARES

MUNICIPALIDAD DE CASEROS DECRETO N° 77/20DEM

La Municipalidad de Caseros mediante el Decreto N° 77/20DEM autoriza, en el ámbito de este municipio, las Reuniones Familiares los días viernes, sábados, domingos y feriados hasta un máximo de diez personas.

Dispone que dichas reuniones sean con las siguientes condiciones:

– Se limita a las familias que residan en el ejido de Caseros.

– Los horarios serán en todos los casos hasta las 00.30 horas.

– Recomendar a la familia que se traslade al lugar de encuentro que en lo posible lo realice en un mismo vehículo.

– Las reuniones autorizadas por el presente no podrán ser realizadas en espacios públicos como parques, plazas, etc.

– Recomendar hacer las compras necesarias con anticipación de modo de no aumentar la circulación en estos días y permitir también que los comerciantes puedan gozar de este derecho.

– Instar a que en el contexto de la reunión se utilicen las normas de protocolo sanitario vigentes.

Queda terminantemente prohibido a las personas o familias que por cualquier motivo estén cumpliendo con la cuarentena asistir a las reuniones familiares autorizadas por el presente decreto.

Recomendar que se extremen las medidas sanitarias durante la reunión.